La Justicia ordenó a PAMI restituir la cobertura de medicamentos al 100% a los afiliados
El Poder Judicial de la provincia de Mendoza decidió recientemente intervenir a favor de los afiliados del Programa de Atención Médica Integral (PAMI) al optar por restituir inmediatamente la cobertura total de medicamentos que había sido abruptamente suspendida en meses anteriores. Este fallo fue sellado por el juez Pablo Oscar Quirós, quien preside el Juzgado Federal de Mendoza N°2, y quien dejó en claro que su resolución afecta no sólo a nivel provincial, sino también tiene un impacto que alcanza a todo el territorio nacional, según destacaron voces confiables del ámbito judicial.
Este avance en una larga y compleja disputa judicial fue motivado principalmente por una denuncia canalizada a través de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), la cual elevó su queja en calidad de causa colectiva. También se argumentó que la APDH tiene suficiente legitimación activa para representar esta causa, amparada no sólo por el apoyo que el caso había recogido socialmente, sino también bajo las doctrinas y normas legales vigentes a nivel constitucional.
En su fallo, el juez Quirós determinó la suspensión inmediata de las resoluciones N°2431/2024 y N°2537/2024 promulgadas por la Dirección Ejecutiva del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP), misma que había sido duramente criticada por su falta de solidez y por su carácter arbitrario, según alegaciones remarcadas en el pliego presentado ante el magistrado.
El decreto judicial, rubricado el 22 de octubre, obliga al organismo de salud a presentar un informe detallado en un plazo no mayor a diez días hábiles. Este informe deberá contemple los motivos y fundamentos detrás de estas resoluciones que bajo la medida cautelar, han quedado en suspenso. Sin embargo, al margen de la esperada apelación de PAMI, fuentes cercanas al caso confirmaron que la reactivación de la cobertura no podría ser postergada, ya que las apelaciones no neutralizan la ejecución del fallo actual.
Uno de los principales méritos que el fallo del juez Quirós evidencia es el restablecimiento “inmediato y urgente” del programa anteriormente implementado, el cual lograba garantizar el acceso total al precio de los medicarnos para jubilados y pensionados, eliminando complementariamente trámites burocráticos innecesarios. Esta disposición ha servido de marco para lograr otras medidas cautelares que han sido puestas en vigor frente a decisiones administrativas del año en curso, extendiéndose su validez en provincias como Salta, Tucumán, Córdoba, Mendoza y también la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).
APDH detalló a su vez que ese llamado favorece los intereses en juego de toda la nación. El poderoso argumentario legal recurre a previos preceptos legales establecidos por la Corte Suprema y el artículo 43 que contempla la regulación nacional a fin de también dar correcto ejercicio y cumplimiento a las representaciones colectivas. Por tanto, la petición de los destacados representantes legales, Mabel Sessa y Carlos Vicente, encuentra justificación legal para expandir la eficacia del fallo, hacia todos los rincones de la Argentina.
Con ese historial emblemático se solidifica la noción de que los derechos sociales conseguidos durante décadas de lucha y esfuerzos colectivos son responsabilidades intrínsecas cuyo poder y razón trasciende cualquier normativa administrativa caprichosa que intente subvertir estas bases fundamentales de justicia. Como remarcaron los defensores del caso, las conquistas adquiridas tengo una significancia vigorosa, son producto de la voz unida del pueblo y, por tanto, enfrentarán resistencia en cualquier intento por despojarlos de su equitativa prevalencia.