¿Por qué está prohibido transportar astas de ciervo? el trasfondo ambiental y legal detrás del secuestro en Casa de Piedra
El reciente decomiso en la Ruta 6, en la zona de Casa de Piedra, deja una pregunta en mucha gente: ¿por qué no se pueden transportar astas de ciervo? La respuesta está en una normativa que apunta a proteger a la fauna silvestre y prevenir la caza furtiva.
La Ley Nacional 22.421 de Conservación de la Fauna establece que está prohibido cazar, transportar, almacenar, vender o industrializar productos o subproductos obtenidos de manera ilegal. Las astas, aunque suelen usarse como decoración, se consideran parte del animal, y su tenencia sin documentación puede ser indicio de depredación.
El problema no es solo la falta de papeles. En muchos casos, se presume que estas piezas provienen de prácticas furtivas que afectan a especies protegidas o incluso en peligro de extinción. Por eso, en controles como el realizado por Seguridad Vial y Senasa, se procede al secuestro preventivo cuando no hay respaldo legal.
El mercado informal también alimenta el problema: una sola asta puede venderse por más de 250.000 pesos, y su demanda como objeto rústico o trofeo impulsa un circuito ilegal que pone en riesgo a la biodiversidad.
La normativa vigente contempla penas que van desde un mes hasta cinco años de prisión para quienes comercialicen o transporten productos derivados de la fauna silvestre sin autorización. Es una forma de proteger no solo a las especies, sino también el equilibrio de los ecosistemas.
Qué dice la Ley 22.421
Prohíbe la caza, transporte, almacenamiento, venta o industrialización de fauna silvestre sin autorización.
Considera delito cualquier acción que afecte especies protegidas o en peligro.
Establece penas de 1 mes a 5 años de prisión según la gravedad del hecho.
Incluye también las partes del animal, como pieles, astas, colmillos o plumas.