Compró un 0 kilómetro, pero tardaron ocho meses en entregárselo
Un vecino de Cipolletti se suscribió a un plan de ahorro previo para cumplir con el sueño del auto 0km. Un Polo. Durante cinco años pagó las cuotas hasta que finalmente llegó la buena noticia: resultó sorteado para recibir la unidad. Completó los pagos y empezó a contar los días, que se hicieron semanas. Y siguió esperando durante ocho meses, con los plazos totalmente vencidos, cuando finalmente llegó el vehículo.
El cliente inició entonces un juicio por incumplimiento de contrato y la justicia civil aplicó una penalidad para las empresas (tanto a la concesionaria Iruña como a la sociedad de Ahorro Previo conformada por Volkswagen), y una multa en favor del consumidor.
Se trata de una compensación económica para el cliente por daño moral y daño punitivo. También prosperó la penalidad contractual, que estaba prevista en las bases y condiciones del plan de ahorro. Allí se consignaban los plazos máximos de entrega de las unidades que, en este caso, se excedieron sin mayores explicaciones para el cliente.
El conflicto por la entrega de un Polo Trendline se inició cuando el consumidor aceptó la adjudicación. Pese a haber cumplido con todos los requisitos y pagos en tiempo y forma, enfrentó múltiples obstáculos y falta de información por parte de las compañías demandadas: Iruña S.A y Volkswagen S.A de ahorro para fines determinados.
El fallo judicial destacó la importancia del cumplimiento de los plazos de entrega estipulados en los contratos de adhesión y resaltó la responsabilidad de las empresas de brindar un trato digno y justo a los consumidores. La demora y la falta de comunicación efectiva fueron consideradas faltas graves, que justificaron la imposición de una compensación económica a favor del afectado.
La compensación incluye un monto destinado a penalidades contractuales, que reconoció el perjuicio económico directo sufrido por el consumidor debido al retraso en la entrega del vehículo. Además, se admitió el daño moral, que representa el impacto emocional y las afecciones personales derivadas de la situación. También se aplicó el daño punitivo, con el objetivo de sancionar la conducta de las empresas y prevenir futuras infracciones a los derechos de los consumidores.