2024-03-04

Abuela materna logra que el padre de su nieta pague las cuotas alimentarias adeudadas desde 2021

En un caso judicial que destaca la importancia de los derechos del niño y las responsabilidades parentales, una abuela materna demandó al padre de su nieta por cuota alimentaria. La señora, quien ha estado a cargo del cuidado de la niña desde prácticamente su nacimiento debido a la ausencia de ambos padres, presentó su reclamo ante el Juzgado de Familia de Villa Regina.

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El fallo, guiado por la Convención de los Derechos del Niño, reconoció los derechos fundamentales de la menor y ordenó al padre contribuir con el 25% de sus ingresos mensuales y asegurar la cobertura médica de la niña. Previo a esta decisión, el juzgado ya había otorgado la guarda exclusiva a la abuela, destacando la total ausencia de los padres en las responsabilidades parentales.

El análisis económico en el expediente de la cuota alimentaria consideró las dificultades económicas de la abuela y su grupo conviviente, contrastadas con la capacidad económica del padre, quien cuenta con empleo registrado. La sentencia subrayó que la obligación alimentaria busca cubrir todas las necesidades del hijo, y en este caso, la abuela, única cuidadora de la niña, solicitó justamente que el padre contribuya económicamente.

El fallo reconoció la realidad económica de la abuela, que enfrenta "necesidades básicas insatisfechas", mientras el padre goza de una mayor estabilidad financiera.

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Luego la sentencia consignó que, como regla general, “ambos progenitores tienen la obligación y el derecho de criar a sus hijos, alimentarlos y educarlos conforme a su condición y fortuna”. Pero en este caso, la abuela es la única persona que está “ejerciendo los cuidados de su nieta desde hace varios años, por lo que solicita que el progenitor no conviviente contribuya económicamente”.

La jueza concluyó que la abuela, convertida en la principal figura afectiva de la niña, merece un aporte económico acorde a las necesidades de su desarrollo. La condena incluye el pago de alimentos atrasados desde finales de 2021 y la orden a la empresa del padre para retener mensualmente de su sueldo la cuota alimentaria correspondiente. El fallo destaca la importancia de asegurar una vida digna y un pleno desarrollo para la niña, respaldando la demanda de la abuela.

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