Acoso laboral: cómo debe actuar la Justicia ante una denuncia, según la nueva ley
La Legislatura provincial aprobó una nueva ley sobre procedimientos laborales a fines de marzo. Y ya tuvo su primera puesta en escena: una denuncia por violencia laboral en un ámbito institucional fue resuelta de manera “sumarísima” por la justicia, que ordenó una serie de medidas cautelares tendientes a preservar los derechos de la víctima.
La presentación se formuló durante el receso en los tribunales de Cipolletti. El juez de feria resolvió con la nueva ley de procedimiento y dispuso acciones para garantizar los derechos de la mujer damnificada.
El conflicto se desarrolló en el ámbito laboral de una institución de la región. En resguardo de la intimidad de la víctima, el Poder Judicial no bridó más precisiones. En su presentación, la damnificada consignó que había realizado la denuncia por violencia laboral ante las autoridades del organismo donde trabaja, pero las decisiones adoptadas terminaron perjudicándola.
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El juez enmarcó el caso en la ley de procedimiento laboral 5361, aprobada el 16 de marzo y publicada en el Boletín Oficial el 27 de marzo. La normativa establece que las personas dependientes que en su ámbito laboral sean víctimas de violencia, acoso o cualquier comportamiento destinado a provocar, directa o indirectamente, daño físico, psicológico o moral, ya sea como amenaza o acción consumada, por cualquier medio, y que provengan tanto de niveles jerárquicos superiores, del mismo rango o inferiores, pueden promover juicio por un procedimiento sumarísimo.
Las actuaciones se rigen por los principios de celeridad, reserva, confidencialidad, autonomía, gratuidad y no revictimización. La presentación o denuncia de violencia o acoso laboral se formulan vía digital, electrónica, telefónica o por cualquier otro medio.
En este caso, el juez dictó medidas de protección para la víctima y dejó sin efecto las decisiones adoptadas por la autoridad del organismo que perjudicaban a la mujer. También se estableció una prohibición de acercamiento y contacto de la persona denunciada con la denunciante, medida que se extiende también a las redes sociales y al plano digital.
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La reforma laboral en Río Negro terminó con una ley única en el país. Fue sancionadoa por parte la Legislatura el 16 de marzo, promulgada el 21 y publicada en el Boletín Oficial el 27 de marzo, cuando entró en vigencia.
La nueva ley permite litigar en forma remota, incorpora las audiencias virtuales, presenciales y mixtas, y los capítulos especiales en materia de violencia y acoso laboral, la acción especial ejecutiva para los despidos no controvertidos y el juicio sumarísimo para las prestaciones dinerarias de pago mensual por parte de las aseguradoras de riesgo del trabajo.