¡Qué bronca! Compró los pisos para su casa pero tardaron cinco meses en entregárselos
Estaba en plena construcción de su casa, y los que pasaron por esa experiencia saben las complicaciones y dolores de cabeza que esto puede tener. Faltaban algunos materiales. Los pisos, por ejemplo. En plena búsqueda, la mujer encontró una oferta irresistible: el porcelanato que necesitaba, a un precio muy accesible. Así que fue a la sucursal del Easy Neuquén, compró 175 metros cuadrados, pagó y le dijeron que se los llevarían a la obra.
La historia recién comenzaba: los días empezaron a correr, las semanas a volar, y de los benditos materiales, ni noticia. ¡Cinco meses tardaron en entregarle los pisos, porque no tenían stock en la sucursal Neuquén! Y nunca le informaron de esa circunstancia. Finalmente, todo terminó en la justicia, que en dos instancias falló a favor de la mujer damnificada: tendrán que pagarle una indemnización por daño moral y otra por daño punitiva, debido al destrato y al incumplimiento de la ley de Defensa del Consumidor.
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En el juicio civil, la mujer probó a través de los albañiles que la obra se retrasó como consecuencia de la demora en la entrega de las 135 cajas de porcelanato. Pasaron cinco meses desde que los pagó en el local comercial de Neuquén hasta que el flete llegó a la casa en Cipolletti.
Cuando la clienta advirtió que el material no se entregaba inició un reclamo ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor. Esperó más de cuatro meses y como no obtuvo respuestas concurrió nuevamente a la sucursal junto con un escribano. Recién en esa instancia se comprometieron a entregar los pisos. Pero cuando las cajas de porcelanato ya estaban en la vereda del inmueble, pretendieron hacerle firmar un documento en el que desistía de cualquier tipo de acción legal y administrativa.
El fallo consignó que el deber de información tuvo influencia primordial sobre la decisión: la mujer no hubiese adquirido el producto si conocía la falta de stock ya que se encontraba en obra y pretendía contar enseguida con los materiales.
La sentencia condenó a Cencosud S.A a pagarle a la clienta una suma de dinero por daño moral y otra por daño punitivo, que es una multa civil. La mujer hizo la compra en el local de Easy Neuquén.
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Respecto al daño moral se consideraron los trastornos motivados por la falta de material y la paralización de la obra, el largo peregrinar a la que fue sometida, el destrato propinado, la falta de respuestas e información, la pérdida de tiempo, el estado de incertidumbre que debió atravesar, los sentimientos de indignación e impotencia que la invadieron. La multa civil consideró el incumplimiento de la ley de Defensa del Consumidor y el trato inequitativo.
La multinacional apeló pero el tribunal desestimó los argumentos y confirmó la sentencia de primera instancia.