2023-07-14

Derecho a la identidad: fue a la justicia para suprimir el apellido paterno y quedarse solo con el de su madre

Un hombre consiguió cambiar su apellido luego de un trámite judicial, por considerar que el mismo lo relacionaba con un padre biológico con el que no tenía ningún tipo de vínculo, lo que le producía “connotaciones negativas”. Esta persona venía de una historia traumática, con un reconocimiento que llegó recién en la adolescencia pero que no se tradujo en ninguna historia compartida.

En el juicio de identidad que se realizó en el fuero de Familia de Cipolletti, el hombre expresó que a pesar de aquella buena intención de reconocerlo cuando tenía 15 años, no tuvo ningún tipo de contacto con él. Luego de varias etapas, la justicia accedió a su pedido de mantener solamente el apellido materno con el que se siente plenamente identificado.

Leé también: Lucas Asenjo: 13 años de lucha para recuperar su identidad y su historia

El hombre precisó que tomó la decisión de avanzar cuando le llegó el momento de enfrentar su propia paternidad y la vinculación con su hijo. Pero ya con anterioridad la situación le generaba connotaciones negativas y le provocaba angustia. Afirmó que la identidad afecta su personalidad y se extiende al ámbito profesional.

Con el nacimiento de su hijo, advirtió que su bebé no pudo llevar el apellido materno con el que se identifica, por el orden en que figuran en su documento y partida de nacimiento,

El fallo que autorizó la supresión del apellido paterno indicó que el nombre, como institución compleja, está íntimamente vinculado con el derecho a la identidad de la persona humana y  debe ser valorado desde una  perspectiva integral y dinámica, que contemple los intereses sociales teniendo en cuenta su permanente evolución.

Seguí leyendo: Identidad de Género: se rectificaron más de 200 DNI en Río Negro

En ese contexto, la sentencia admitió que el principio de la inmutabilidad en materia de nombre tiene por finalidad principal proteger una serie de intereses sociales. En el caso concreto esos intereses sociales no están comprometidos y por ello debe primar el interés individual, asociado al principio de libertad, al derecho a la identidad y a la integridad moral y espiritual de la persona sujeto del derecho.

“En el caso analizado, frente a un hecho de violencia psicológica consumado a partir el abandono y el desinterés obligar a la persona a conservar el apellido del autor de dicho hecho sin que se observe en el caso un interés público manifiesto implica una nueva victimización institucionalizada que no puede ser aceptada por el Derecho”, surge de la sentencia del fuero de Familia de Cipolletti.

Te puede interesar