El odontólogo abusador continuará con prisión domiciliaria
Por unanimidad, el Tribunal penal de Cipolletti resolvió mantener la prisión preventiva del odontólogo Mariano Márquez, condenado en dos instancias a siete años y seis meses de prisión por abuso sexual de una paciente en su propio consultorio. En cambio, en un fallo dividido, consideró la atenuación de la medida en su modalidad de prisión domiciliaria, teniendo en cuenta el diagnóstico de depresión moderada. Deberá permanecer con una tobillera electrónica y la policía realizará dos visitas diarias de verificación.
La audiencia se realizó pasado el mediodía con la participación de todos los involucrados en el caso. El tribunal estuvo presidido por Marcelo Gómez; acompañado por la jueza Florencia Caruso y el juez Julio Sueldo. Asistido por su defensor, Pablo Iribarren, el dentista Márquez permaneció durante las tres horas de la sesión sentado en una de las sillas a la derecha del estrado, mirando hacia abajo y sin poder evitar un estremecimiento físico que lo dominó todo el tiempo. En frente de él, se encontraba la víctima y denunciante del hecho, que se produjo en noviembre de 2020.
El defensor sostuvo que mantener la prisión preventiva en este punto es “ilegal”, ya que la legislación y la doctrina “especifican que sólo puede prolongarse durante un año”. También apuntó el buen comportamiento de Marquez y su predisposición a aceptar todos los pedidos efectuados por el tribunal. A su criterio, la fiscalía demostró que se haya modificado la situación en cuanto a su posibilidad de fuga o de forzar el desarrollo del juicio. En forma subsidiaria, solicitó que se cumpla la prisión en forma domiciliaria, porque los establecimientos de ejecución penal “no están en condiciones” de realizar el tratamiento psiquiátrico que recibe el odontólogo.
Para la fiscalía, representada por Santiago Márquez Gauna, la prisión preventiva hasta la definitiva confirmación de la sentencia se justifica en el hecho de que la situación personal del profesional sí se agravó con el tiempo. “Esto hace que el riesgo de fuga se incremente en forma proporcional” puntualizó. En cuanto al cuadro de “depresión moderada”, se basó en el testimonio del psiquiatra forense: “cualquier persona que está en riesgo de perder su libertad tiene una reacción. En este caso, una depresión que puede ser tratada en el mismo Servicio Penitenciario”, puntualizó Márquez Gauna.
Los magistrados deliberaron en privado durante 30 minutos para tomar una decisión, que fue unánime a la hora de ratificar la preventiva, y dividida en la modalidad. La jueza Caruso sostuvo en soledad la necesidad de que empiece a cumplir la prisión en un establecimiento carcelario, mientras que Gómez y Sueldo hicieron lugar al criterio de la defensa.