2022-02-17

UN SUBCOMISARIO DESMANTELÓ UN AUTO, LO ATRAPARON Y LO ECHARON

Robó, huyó y lo pescaron

Casi casi como una remake de la reconocidísima película de Woody Allen: el hombre cometió un robo, quiso pasar desapercibido, lo pescaron… y lo echaron. Porque el protagonista era un subcomisario de la policía provincial que desmanteló un vehículo que tenía bajo su custodia. La Jefatura lo cesanteó, reclamó vía judicial, y la justicia dijo que la sanción no era desproporcionada. Así que, a la calle. Consuelo de tontos: Virgil Starkwell (Woody Allen en la película), seguía preso. Y consejo: antes que nada, consultar el parte meteorológico…

El hecho en cuestión ocurrió cuando el uniformado fue descubierto por sus pares de la comisaría de Cinco Saltos como el responsable de desmantelar un Peugeot 504 que estaba secuestrado en el destacamento del Lago Pelegrini. Durante el juicio abreviado, nuestro personaje reconoció haber sido el autor del hecho. Fue condenado a dos años de prisión en suspenso. El sumario administrativo duró un poco más pero fue tajante: cesantía.

Al hombre le pareció desproporcionada la sanción y recurrió a la justicia para su revisión. Argumentó que como la pena había sido de ejecución condicional, sin inhabilitación para ejercer cargos públicos, la Policía no debía apartarlo de su cargo. También invocó que la Resolución de la Policía no respetó los principios de “razonabilidad y proporcionalidad” que debe cumplir todo acto administrativo y, en particular, en materia disciplinaria. 

Pero la Cámara Laboral de Viedma no lo entendió de la misma manera. Al abordar el reclamo del ex policía “en cuanto a la posibilidad de aplicar una sanción menor (suspensión)”. En este punto, expresó que “su fijación y graduación entra dentro de la esfera de discrecionalidad de la Administración, sin que corresponda a la jurisdicción suplir la voluntad de dicho poder”.

De esta manera, “la sanción impuesta al actor luce legítima, adecuada a la falta cometida. En efecto, de las constancias del expediente administrativo relacionado se desprende que efectivamente se probó la participación responsable del subcomisario en los hechos atribuidos, y que encuadran en faltas de naturaleza gravísima”.

 Interpretó que entre las facultades que tiene la Policía está la facultad de valorar “las conductas merecedoras de sanción, con el adecuado respeto a los principios de legalidad y debido proceso”. En otro párrafo de la sentencia, añadió que “del hecho de que una conducta haya sido sancionada penalmente no se sigue que pueda ser también objeto de sanción disciplinaria, pues lo que en dicho ámbito se persigue es la regularidad del servicio de seguridad que presta la Policía, a cuyo fin resultan sancionables las conductas de sus integrantes que no se ajustan a tales fines”.

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