2021-11-10

Propietarios del pelotero tendrán que indemnizar a un niño que cayó de un toro mecánico

Los propietarios de un pelotero tendrán que indemnizar al niño que sufrió lesiones luego de caer de un toro mecánico. El nene tenia 10 años al momento del incidente y había sido invitado al cumpleaños de un amigo de la escuela. A raíz del episodio tuvo que ser trasladado en ambulancia con una fractura que demandó intervención quirúrgica.

El fallo fijó un monto de indemnización por los daños patrimoniales por 603.200 pesos mas intereses. En concepto de daño moral, que es el daño extrapatrimonial (molestias y afecciones espirituales) se determinó la suma de 300.000 pesos (con una tasa de interés del 8% anual más los intereses moratorios). En total la indemnización supera el millón de pesos. Deberá ser afrontada por los dueños del pelotero y la compañía aseguradora, en la medida de la póliza contratada.

La sentencia es de primera instancia y aún no está firme porque puede ser apelada.

Daños a indemnizar .

El fallo indicó que deberán ser resarcidos los gastos médicos, farmacéuticos y de traslado, toda vez y de acuerdo a las lesiones descriptas por el perito médico, la familia debió incurrir necesariamente en diversos gastos, fundamentalmente médicos y farmacéuticos. En este caso también se ha recordado que estas erogaciones no requieren prueba específica sobre los mismos y sus montos, pues alcanza que sean verosímiles, aún cuando la atención sea en un establecimiento sanitario público. También se tuvo en cuenta   el daño psicológico sufrido. El nene requirió del acompañamiento terapeútico de un profesional, situación que también fue evaluada por un perito. Finalmente se ha valorado también el daño físico extrapatrimonial, que incluye la lesión estética.

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