20/08/2019

Atacó a su pareja con una tijera: El médico afirma que corrió riesgo la vida de la joven

Atacó a su pareja con una tijera: El médico afirma que corrió riesgo la vida de la joven

En la última jornada por la tentativa de femicidio ocurrida en enero pasado en Roca, la fiscal jefe Graciela Echegaray solicitó la declaración de responsabilidad penal para el imputado.

Echegaray comenzó sus alegatos de clausura sosteniendo que “quedó claro que el 3 de enero de este año existió un altercado. La víctima se quería ir y el imputado no la dejaba. Y se genera una discusión en el garage, el hombre se le abalanza a la joven, le saca al niño de sus brazos, se lo lleva a la madre de él, y regresa al garage donde le asesta un puntazo con la tijera. Más no logra su objetivo por la aparición oportuna del padre del imputado”.

Continuando con sus argumentos Echegaray consultó si las lesiones eran graves, gravísimas o leves. El médico policial declaró en el debate y lo dejó plasmado en el informe presentado que las lesiones eran de riesgo para la víctima, se suma a ello el médico forense del Poder Judicial, que determina que las lesiones fueron graves y que pusieron en riesgo de vida a la joven. Es así que afirmamos que quienes están en mejores condiciones para determinar qué tipo de lesiones tuvo la víctima fueron los especialistas que la examinaron y que sostuvieron su diagnóstico tras apersonarse en el Hospital y verla. Las lesiones eran de gravedad y ponían en riesgo su vida”.

A lo anterior se suman las pericias concretadas por el Gabinete de Criminalística sobre el elemento utilizado para el ataque. “Lo significativo es que tras ser peritada se pudo comprobar que la tijera fue el elemento utilizado para provocar las lesiones”, dijo Echegaray.

En relación al agravante de “violencia de género”, la representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que “claramente se trataba de una relación desigualdad y asimétrica, ella al momento del hecho tenía 20 años y él 33. En apenas dos años de noviazgo, hubo al menos 3 episodios de violencia grave. Existe una amplitud probatoria que se impone y que sostiene el relato que la víctima” hace tanto en el hospital al llegar herida, como cuando concreta la denuncia, como cuando es atendida por los organismos auxiliares, OFAVI, y cuando se le practica la pericia psiquiátrica.

“La joven fue arrinconada en un lugar, y de las amenazas habituales, el imputado concretó el hecho. En ese momento ella tenía limitada posibilidad de defensa y de escape, se encontraba en la casa de los padres del hombre, con la madre en la cocina gritando 'Córtenla'”, describió Echegaray.

Finalmente, la fiscal se preguntó si “¿Tuvo intención de matar el imputado a la víctima? Si, efectivamente, la víctima dijo aquí en audiencia que el hombre la agarró del cuello y le dijo 'te voy a matar'. Ese anuncio se consolidó en el puntazo, un puntanzo provocado a conciencia porque en la discusión previa que estaban teniendo ninguno de los dos tenía una tijera. Con lo cual cuando el imputado dejó al niño con su abuela en la cocina, regresó con el elemento que la víctima no vio y le dio en una zona vital, en el hemitorax izquierdo. Cuestión que no empeora porque aparece el progenitor del victimario”.

“Esta Fiscalía va a sostener entonces la calificación legal de 'homicidio en grado de tentativa doblemente calificado por la relación de pareja y en el marco de violencia de género'”, sostuvo Echegaray.

“Esto teniendo presente por un lado, el precedente de un caso donde se discutía si eran lesiones o tentativa de homicidio, con el voto ejemplificador de la Presidenta del Superior Tribunal de Justicia Adriana Zaratiegui, se resolvió por la tentativa. Por otro, el caso Comilao, como el caso Novoa, todos condenados por tentativa de homicidio en el marco de violencia de género, confirmados también por el STJ”.

Finalmente, “en Camuz, Zaratiegui hace referencia a que 'el dato fáctico para determinar la existencia de violencia de género es la extrema violencia física, que no es nueva en la pareja, la desigualdad estructural, la situación de asimetría y el contexto de violencia, es un concepto al que se llega luego de la interpretación de los hechos. El contexto de violencia de género es en definitiva una conclusión producto de una interpretación del Juez a partir de determinados fácticos que abonen o no si existencia”.

Echegaray concluyó diciendo que entonces “la disyuntiva del Tribunal de Juicio será creer el relato sostenido y coherente que brindó la víctima, con todos los detalles acerca de lo ocurrido, y sometido a contraexamen por la defensa particular. O reinarán los datos brindados por los padres del imputado, que declararon que en ese sector, amparados por el derecho constitucional, donde ocurría el hecho, no pudieron ver nada, aunque estaban a escasos metros del lugar y habiendo escuchado la discusión”.

El veredicto del Tribunal de Juicio compuesto por Fernando Sánchez Freytes, Oscar Gatti y Gastón Martín respecto de la responsabilidad penal o no del imputado, actualmente en prisión preventiva, se conocerá el próximo viernes a las 11:45 en el subsuelo de Tribunales. (Ministerio Público Fiscal)

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