09/01/2019

Se autoriza una ablación gracias a la "Ley Justina"

Se autoriza una ablación gracias a la "Ley Justina"

Ayer (08/01), se autorizó la realización de una ablación de globos oculares en el marco del artículo 35 de la “Ley Justina”.

Esta ley dispone que “toda persona capaz mayor de 18 años es posible donante de órganos o tejidos, salvo que haya dejado constancia expresa de lo contrario". La presentación realizada por el Ministerio Público Fiscal, y llevada adelante por la Fiscal Jefe Graciela Echegaray, se da en virtud del deceso por muerte violenta de un joven, el día 7 de enero, a consecuencia de un hecho ocurrido en la localidad de Beltrán.

El artículo 35 se refiere en particular a casos en muerte violenta y especifica que "antes de proceder a la ablación de los órganos y tejidos, se debe requerir la autorización del juez que entiende en la causa, el cual debe disponer la previa intervención del médico forense, policial o quien cumpla tal función, quien le debe informar si la misma no afecta el examen de autopsia".

En la audiencia realizada ayer; la Coordinadora Hospitalaria del INCUCAI local, María Cristina Orlandi, brindó precisiones respecto del protocolo de ablación de órganos llevado a cabo en esa institución y de las posibilidades de realización en este caso en particular. Asimismo el médico forense responsable de la realización de la autopsia, explicó las implicancias de la ablación en su realización.

La fiscal Jefe Echegaray solicitó además al Área de Salud Mental del Hospital Zonal que el cuerpo de psicólogos de esa institución, intervengan brindando la contención necesaria a los familiares del joven.

La sanción de esta ley fue el resultado del trabajo realizado por los padres de la niña de doce años Justina Lo Cane, luego de que falleciera a la espera de un trasplante de corazón. (ANR)

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