Menor armado en Roca: cómo se aplica el nuevo régimen penal juvenil y qué cambia realmente en estos casos
El reciente intento de asalto protagonizado por un adolescente de 16 años en Roca, quien amenazó a un vecino con un cuchillo para robarle la moto, reavivó un debate central en materia judicial: ¿cómo responde el Estado frente a la delincuencia juvenil?
El joven fue demorado y la Justicia le dictó prisión domiciliaria con custodia policial, aplicando por primera vez en la ciudad las herramientas del nuevo Régimen de Responsabilidad Penal Juvenil (Ley 27.801).
Este caso expuso la grieta jurídica que divide aguas en los tribunales y en la academia respecto a esta legislación. Para aportar claridad, ANRoca consultó a Pedro Urra, abogado y docente de la cátedra de Derecho Penal de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales (Fadecs-UNCo).
Según explicó el docente, el debate sobre la constitucionalidad de la norma se divide en dos grandes posturas. "Quienes sostienen que la norma es inconstitucional se basan en el bloque convencional de derechos y en que cualquier respuesta del Estado que sea más gravosa que la anterior estaría violando el régimen de progresividad, actuando de manera punitiva sin brindar una tutela real al menor", detalló Urra. En pocas palabras, se percibe como una legislación que retrocede en materia de derechos.
En la vereda de enfrente, los defensores de la constitucionalidad de la ley afirman que este régimen "viene a completar o mejorar el encuadre jurídico y a resolver una situación conflictiva que el Estado tiene con los menores en conflicto con la ley penal".
¿Cómo es la aplicación en la realidad?
Más allá de los debates teóricos, Urra describió la cruda realidad que atraviesan los adolescentes infractores y las limitaciones del sistema estatal. "En un mundo ideal, un chico de 14 años con problemas penales (por delitos menores) quedaría fuera de la respuesta penal y se resolvería con alguna expulsión o gestión escolar", graficó.
Sin embargo, en la práctica cotidiana, las situaciones suelen ser mucho más complejas. Cuando los delitos revisten extrema gravedad —como homicidios, abusos o robos calificados—, la respuesta estatal se vuelve coercitiva. "En el peor de los casos, la medida más gravosa del derecho penal es la prisión preventiva, y en el caso de menores, toda otra medida de coerción que se aplique es válida, como el seguimiento con tobillera electrónica, restricción de acercamiento o tratamientos de reinserción", puntualizó.
El docente advirtió que aplicar directamente la prisión a un menor, tratándolo como si fuera un adulto, suele ser cuestionado porque va en contra del principio de progresividad de los derechos humanos y la jurisprudencia de los tribunales superiores.
"La Corte Interamericana sostiene que estas herramientas deben aplicarse para casos que revistan gravedad institucional. En los de menor impacto, la respuesta no debería ser punitiva, y si lo es, no puede ser de prisión perpetua; deben ser tratamientos de bajo impacto tutelar y con reinserción social", buscando de alguna forma corregir la conducta para que vuelva a la convivencia social.
El fracaso de la institucionalización
Urra también puso el foco en el fracaso de las instituciones estatales encargadas del abordaje juvenil, una falencia que la nueva ley no logra resolver por sí sola.
"Hay un desmantelamiento de toda respuesta del Estado respecto del manejo de los menores", aseguró el abogado. Entiende que esta falta de recursos y de programas efectivos provoca que los jueces penales, encargados de aplicar la nueva normativa, se queden "sin herramientas" alternativas a la prisión, ya que no existe un entramado de contención que garantice tratamientos psicológicos, trabajo social continuo ni un seguimiento efectivo de los casos. El contexto de este nuevo régimen penal juvenil es un recorte extremo a políticas públicas de acompañamiento a las infancias y adolescencias, entre otros sectores sociales.
"La normativa viene a establecer herramientas coercitivas, pero no resuelve el conflicto de fondo", concluyó Urra.
Sin un abordaje integral que incluya asistencia psicológica, contención familiar y seguimiento socioeducativo, la ley penal juvenil corre el riesgo de convertirse en una mera herramienta de encierro que no frena la reincidencia.
Para el especialista, un marco legal más duro puede dictar una prisión preventiva, pero si no existen políticas públicas que ataquen la raíz de la conflictividad juvenil, la reincidencia seguirá siendo moneda corriente y el sistema penal continuará desbordado.