2026-10-20

Triple Crimen: qué revelaron las pericias sobre Kielmasz y por qué le negaron las salidas transitorias

Los psiquiatras que evaluaron al único condenado por el Triple Crimen de Cipolletti advirtieron sobre sus rasgos psicopáticos y el riesgo que representaba para la sociedad. Sus informes fueron determinantes en los reiterados rechazos a sus pedidos de salidas transitorias.

Por Candela Rossi Bustafán

Claudio Kielmasz lleva casi tres décadas detenido y es el único condenado por el primer Triple Crimen de Cipolletti. A lo largo de esos años, las evaluaciones psicológicas y psiquiátricas fueron uno de los principales obstáculos para que pudiera acceder a salidas transitorias. Los especialistas que lo examinaron identificaron rasgos psicopáticos y antisociales, falta de empatía y conductas manipuladoras, características que la Justicia tuvo en cuenta al rechazar distintos pedidos.

Lee también: Kielmasz está alojado en la U5 de Roca: el operativo nocturno para trasladar al condenado por el primer Triple Crimen

Uno de los informes más contundentes fue elaborado en 2015 por el psiquiatra Ricardo Risso, quien reconoció que Kielmasz había mejorado su adaptación a las reglas de la cárcel, pero advirtió que eso no significaba que hubieran desaparecido sus rasgos psicopáticos. Años después, en 2023, otros especialistas coincidieron en que continuaba representando un riesgo para la sociedad.

Lee también: Trascendió el resultado de la nueva pericia psiquiátrica a Kielmasz

Kielmasz está alojado desde hace unos meses en la Colonia Penal U5 de Roca, adonde fue trasladado desde la Unidad 4 de Santa Rosa, La Pampa. Como informó ANR ayer, el movimiento se realizó mediante un operativo nocturno del Servicio Penitenciario Federal.

Por qué Kielmasz fue condenado a prisión perpetua

El domingo 9 de noviembre de 1997, María Emilia González, su hermana Paula González y Verónica Villar salieron a caminar por Cipolletti y no regresaron. Sus cuerpos fueron encontrados el martes 11 en la zona de Los Olivillos. El crimen conmocionó a Río Negro y a todo el país y dio comienzo a una investigación judicial atravesada por fuertes cuestionamientos.

En julio de 2001, un tribunal con asiento en Roca condenó a Kielmasz a prisión perpetua como partícipe necesario del secuestro seguido de muerte de las tres jóvenes. Fue el único condenado por el Triple Crimen y siempre negó haber cometido las violaciones y los asesinatos de las hermanas González y Verónica Villar.

Aunque el crimen ocurrió en Cipolletti, el juicio se realizó en Roca porque en ese momento las causas penales de esa ciudad dependían de los tribunales de la Segunda Circunscripción Judicial. El fuero penal de la Cuarta Circunscripción, con asiento en Cipolletti, comenzó a funcionar en febrero de 2005.

Claudio Kielmasz, único condenado por el Triple Crimen de Cipolletti, durante un traslado rodeado de periodistas. Foto: Agencia DyN.

 

Los padres de las hermanas González, Ulises González y Susana Guareschi, y los de Verónica Villar, Juan Villar y Ofelia Mosconi, acompañaron durante años los reclamos de justicia por los asesinatos. Las familias también intervinieron en distintas actuaciones judiciales relacionadas con la condena y los pedidos de beneficios penitenciarios.

El informe de Risso: qué encontró el psiquiatra que evaluó a Kielmasz

En mayo de 2015, el psiquiatra Ricardo Risso, convocado por el Poder Judicial de Río Negro, evaluó a Kielmasz en el Cuerpo Médico Forense de Roca. Su informe reconoció que el condenado había logrado adaptarse mejor a las reglas de la cárcel, pero advirtió que eso no significaba que hubieran desaparecido los rasgos psicopáticos identificados en evaluaciones anteriores.

"No debe esperarse que el sujeto deje de ser un psicópata", sostuvo Risso en el informe psiquiátrico que elaboró para la Justicia en mayo de 2015.

El profesional también advirtió que Kielmasz había aprendido a manejar las entrevistas con los especialistas. "Es obvio que sabe de qué va a hablar y ha preparado su relato", señaló en otro pasaje de la misma evaluación judicial.

Según el informe, Kielmasz seleccionaba cuidadosamente los pensamientos y sentimientos que mostraba durante las entrevistas. Risso consideró que había aprendido de sus experiencias anteriores con los profesionales y que podía controlar mejor sus impulsos, aunque sus características de personalidad persistían.

Mirá además: Primer Triple Crimen: A pesar de sus intentos por salir en libertad, Kielmasz deberá cumplir su condena a perpetua

La evaluación distinguió entre la capacidad del condenado para cumplir las normas dentro de una institución penitenciaria y las dificultades que podían aparecer fuera de ese ámbito. Por eso, Risso recomendó que, si se autorizaban actividades fuera de la cárcel, se realizaran con custodia permanente.

Los informes anteriores y las decisiones de la Justicia

Las evaluaciones desfavorables no comenzaron con Risso. En 2010, una pericia forense ya había advertido sobre rasgos antisociales y dificultades para reconocer los derechos y sentimientos de otras personas.

Esas características volvieron a ser consideradas en 2013 y 2014, cuando la Justicia rechazó pedidos de salidas transitorias. En aquellas decisiones intervino Juan Pablo Chirinos, quien entonces era juez de Ejecución Penal de Roca y actualmente se desempeña como defensor público.

En mayo de 2016, Chirinos volvió a rechazar un pedido de Kielmasz. La resolución también examinó las dificultades para mantener la continuidad del tratamiento psicológico y una serie de sanciones disciplinarias que habían reducido sus calificaciones penitenciarias.

Ese antecedente muestra que su conducta dentro de las cárceles no fue favorable en todos los períodos. Aunque logró avances en determinados momentos, también registró sanciones que afectaron su situación penitenciaria.

La decisión de 2016 fue confirmada posteriormente por la Cámara Criminal Segunda de Roca. En aquella instancia intervino el abogado querellante Marcelo Hertzriken Velasco, junto con el defensor Eduardo Luis Carrera y el fiscal Miguel Fernández Jahde.

La evaluación de 2023: seguía representando un riesgo para la sociedad

En enero de 2023 se conocieron los resultados de otra evaluación psiquiátrica, realizada después de que Kielmasz volviera a solicitar beneficios penitenciarios.

Los profesionales del Cuerpo Médico Forense y el psiquiatra Daniel Ambroggio, que intervino como perito de los querellantes, coincidieron en que persistían las características psicopáticas identificadas en estudios anteriores y que Kielmasz continuaba representando un riesgo para la sociedad.

Para realizar las evaluaciones se tuvieron en cuenta entrevistas personales, antecedentes penitenciarios e informes anteriores. Los estudios habían sido ordenados por el juez Fernando Romera.

La posibilidad de que Kielmasz accediera a beneficios penitenciarios también generó preocupación entre los familiares de las víctimas. En noviembre de 2022, Agustina Bonetti, hija de María Emilia González, expresó públicamente su rechazo a una eventual liberación del condenado y advirtió sobre el peligro que, a su entender, representaría para la sociedad.

Por qué la buena conducta no garantiza salidas transitorias

La Ley nacional 24.660, que regula la ejecución de las penas privativas de libertad, establece una diferencia entre dos calificaciones penitenciarias: conducta y concepto.

La conducta se relaciona con el cumplimiento de las normas dentro de la cárcel, la disciplina y la convivencia. El concepto, en cambio, evalúa la evolución del condenado durante el tratamiento penitenciario y sus posibilidades de reinserción social.

Una persona puede cumplir las reglas del establecimiento y, al mismo tiempo, recibir evaluaciones desfavorables sobre sus posibilidades de reintegrarse a la sociedad. Por eso, la buena conducta no alcanza por sí sola para obtener autorización judicial para salir temporalmente de prisión.

La legislación también contempla un régimen de progresividad, con períodos de observación, tratamiento y prueba. Dentro de esas etapas pueden producirse cambios en las condiciones de alojamiento y en el grado de autodisciplina exigido a los internos.

Sin embargo, avanzar dentro del régimen penitenciario no significa obtener automáticamente salidas transitorias. Para acceder a ellas deben cumplirse los requisitos legales y contar con la autorización judicial correspondiente.

En el caso de Kielmasz, todavía no está confirmado públicamente en qué etapa de ese régimen se encuentra ni si su reciente traslado a la Colonia Penal U5 está relacionado con algún avance.

Los pedidos de Kielmasz no se limitaron a las salidas transitorias. En 2019, la Justicia revisó una decisión que había establecido un límite temporal a su pena de prisión perpetua y la revocó.

Su defensa llevó el planteo al Superior Tribunal de Justicia de Río Negro y sostuvo que, de acuerdo con la legislación aplicable al momento del crimen, la condena debía considerarse agotada desde el 11 de enero de 2020.

El 23 de febrero de 2021, el máximo tribunal provincial rechazó el recurso presentado por el defensor Gustavo Jorge Viecens. Los jueces consideraron que no correspondía establecer una fecha de finalización automática de la prisión perpetua, porque la ley contemplaba la posibilidad de acceder a la libertad condicional mediante el cumplimiento de determinados requisitos.

Durante ese trámite, la Fiscalía General también advirtió que "los informes sociales y psicológicos obrantes en la causa son desfavorables", según consta en la sentencia del Superior Tribunal.

El fallo no resolvió un pedido concreto de salidas transitorias ni concedió la libertad condicional. Rechazó el intento de la defensa de que se declarara agotada la condena.

Los reclamos de Kielmasz por su tratamiento penitenciario

En julio de 2025, cuando estaba detenido en la Unidad 4 de Santa Rosa, Kielmasz volvió a plantear ante la Justicia problemas relacionados con su tratamiento penitenciario.

Durante una audiencia sostuvo que había recibido solamente cuatro entrevistas psicológicas desde su ingreso a ese establecimiento, en octubre de 2023. También cuestionó que continuaran elaborándose informes desfavorables sin garantizarle, según su planteo, un tratamiento adecuado.

Claudio Kielmasz, condenado a prisión perpetua por el Triple Crimen de Cipolletti, está alojado en la Colonia Penal de Roca. Foto: archivo.

 

Su defensora solicitó un plan individual de atención y seguimiento psicológico y psiquiátrico. El juez Fernando Romera ordenó una evaluación médica, requirió la elaboración de un plan de tratamiento y pidió que se analizara su posible incorporación a un sector de mayor autodisciplina.

La resolución no le concedió salidas transitorias ni dispuso un cambio inmediato de alojamiento.

Como informó ANR ayer, Kielmasz fue trasladado durante la noche desde la Unidad 4 de Santa Rosa a la Colonia Penal U5, ubicada sobre la calle Palacios de Roca, mediante un operativo del Servicio Penitenciario Federal.

Desde el Juzgado de Ejecución Penal de Roca confirmaron a ANR que fueron notificados del traslado, aunque aclararon que desconocen los motivos administrativos por los que se decidió alojarlo en ese establecimiento.

También señalaron que Kielmasz ha solicitado en distintas oportunidades permanecer cerca de su familia. Esa podría ser una de las razones de su regreso a Roca, aunque desde el juzgado aclararon que no conocen el motivo concreto de la decisión.

La ejecución de su condena continúa bajo la órbita de la Justicia provincial de Roca, mientras que la administración del establecimiento donde está alojado corresponde al Servicio Penitenciario Federal.

Te puede interesar