2026-10-19

Frenó para no atropellar unos charitos en la Ruta 22 y terminó en un juicio: quién tuvo la culpa

Los conductores dieron versiones muy distintas sobre lo que ocurrió antes del choque. Una pericia fue clave para resolver el conflicto que llegó a la Justicia de Regina.

Un hombre conducía su auto, un Volkswagen Suran, por la Ruta Nacional 22, a unos 40 kilómetros de Zapala, en Neuquén, cuando una bandada de crías de ñandú (charitos) se cruzó en su camino. El conductor redujo la velocidad para evitar atropellarlas, pero el conductor de una Ford EcoSport que circulaba detrás lo chocó. El accidente dio lugar a una disputa entre los automovilistas que terminó en la Justicia de Regina, donde una jueza debió determinar quién tenía la responsabilidad.

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El choque ocurrió en un sector rural de la ruta donde había un cartel que advertía sobre la presencia de ñandúes y recomendaba disminuir la velocidad. La calzada estaba seca, en buenas condiciones y había buena visibilidad, según las circunstancias examinadas durante el juicio. Aunque los conductores coincidieron en que se había producido un impacto por alcance, sus versiones fueron diferentes sobre lo que ocurrió inmediatamente antes del choque. El propietario del Volkswagen sostuvo que había frenado por los animales, mientras que el conductor de la EcoSport aseguró que circulaba a velocidad reglamentaria y a unos 100 metros del otro automóvil cuando lo encontró completamente detenido sobre su carril.

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Según explicó el conductor demandado, los charitos ya habían terminado de cruzar y no existía ningún obstáculo que justificara detenerse en plena ruta. Por eso consideró que la maniobra del otro automovilista había sido imprudente y rechazó tener responsabilidad en el accidente. La compañía aseguradora respaldó esa versión y también solicitó que se rechazara la demanda. El propietario del Volkswagen, por su parte, había intentado obtener una compensación mediante reclamos ante la aseguradora, pero no consiguió una respuesta favorable y finalmente inició una demanda por daños y perjuicios.

Qué estableció la pericia sobre el choque

La pericia accidentológica fue una de las pruebas centrales que analizó la jueza para resolver el conflicto. El especialista concluyó que el conductor del Volkswagen había reducido la velocidad y que posiblemente llegó a detenerse, aunque no pudo establecer esto último con certeza. También determinó que el automovilista que circulaba detrás no consiguió reaccionar y frenar a tiempo para evitar el impacto. Esa conclusión fue evaluada junto con las condiciones de la ruta y la señalización que advertía sobre la presencia de animales.

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Al fundamentar su decisión, la magistrada consideró que reducir la velocidad ante el cruce de los charitos era una maniobra justificada, especialmente porque se trataba de una zona rural con señalización preventiva. También recordó que la Ley Nacional de Tránsito obliga a los conductores a conservar el dominio de sus vehículos, circular con precaución y mantener una distancia suficiente para reaccionar ante una frenada. La jueza señaló que no se había demostrado que el Volkswagen estuviera completamente detenido ni que los animales ya hubieran abandonado la ruta, como había sostenido el conductor demandado. Por esos motivos, atribuyó toda la responsabilidad del accidente al automovilista que conducía la Ford EcoSport.

Qué daños deberá indemnizar el conductor que chocó de atrás

La sentencia dictada por la jueza de Regina condenó al conductor de la EcoSport a indemnizar al propietario del Volkswagen por los gastos de reparación del automóvil y por el tiempo durante el cual no pudo utilizarlo. La magistrada también reconoció una compensación por daño moral, al considerar las consecuencias que tuvo el accidente para el damnificado y los reclamos que debió realizar para intentar obtener una reparación.

Sin embargo, la jueza rechazó el pedido de indemnización por la supuesta pérdida de valor comercial del auto. Para resolver ese punto, tomó en cuenta la pericia que indicaba que una reparación completa permitiría conservar su valor de venta. La sentencia también extendió la obligación de pago a la compañía aseguradora, dentro de los límites de la cobertura contratada, y estableció que a la indemnización deberán sumarse los intereses correspondientes. El fallo todavía no está firme y puede ser apelado.

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