Adopción: cómo participar del encuentro informativo del 15 de octubre y qué requisitos se piden
La Escuela de Capacitación Judicial y el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (Ruagfa), del Poder Judicial de Río Negro, realizarán en General Roca un encuentro informativo para personas interesadas en ser familias por adopción.
Será el jueves 15 de octubre, de 8 a 10, en el Auditorio de la Ciudad Judicial (San Luis 853), con modalidad presencial.
La inscripción se hace a través del código QR que figura en el flyer o mediante un formulario online.
Todas las personas que quieran adoptar deben estar inscriptas en el Ruagfa, un registro que funciona dentro del Poder Judicial. Para esa inscripción, el Poder Judicial pide presentar, entre otros documentos, la constancia de haber participado de un encuentro informativo. En el Registro brindan información, toman entrevistas y realizan un diagnóstico psico-social con profesionales para conocer la capacidad parental adoptiva.
Qué requisitos se piden para adoptar
Según consta en la información difundida por el Poder Judicial, los requisitos son:
- Tener como mínimo 25 años. Si una persona tiene menos, pero su pareja es mayor de 25, pueden adoptar juntos.
- Tener como mínimo 16 años más que el niño, la niña o el adolescente que se quiere adoptar.
- Ser de nacionalidad argentina o naturalizada. Quienes no tengan la nacionalidad deben demostrar una residencia mínima de 5 años.
- Estar inscripto en el Ruafga.
No hay requisitos de estado civil. Pueden adoptar parejas casadas, parejas que conviven y personas solteras. La ley también establece que un ascendiente no puede adoptar a su descendiente ni un hermano a su hermano.
Qué documentación se presenta para inscribirse
- Foto familiar
- Constancia de haber participado del encuentro informativo
- Fotocopia del DNI con domicilio actualizado
- Partida de nacimiento
- Certificado de convivencia, si lo hubiere (no es obligatorio)
- Constancia del Registro de Deudores Alimentarios
- Certificado de salud
- Certificado de trabajo, para quienes están en relación de dependencia, o declaración jurada laboral, para monotributistas y autónomos
- Certificado de antecedentes penales del Registro Nacional de Reincidencia
¿Cuáles son las dudas más frecuentes sobre los procesos de adopción?
El Poder Judicial de Río Negro tiene un sitio web sobre adopción que responde varias dudas habituales, cuestiones que en general no están claras o que generan confusión por falta de información (mitos o falsas creencias sobre el proceso o condiciones), y son importantes para las personas interesadas en comenzar un proceso de registro y posterior adopción.
¿Es necesario estar casado? No. Cualquier persona adulta puede adoptar si cumple los requisitos de edad y residencia y está inscripta en el Ruafga. El Poder Judicial señala que la diversidad de modelos de familia que se inscriben en el Registro es de valor para los procesos de adopción, porque en cada caso se busca la familia que pueda cubrir las necesidades de cada niño, niña o adolescente.
¿Se puede adoptar si tengo hijos biológicos? Sí. En ese caso, la ley indica que los hijos biológicos de la familia adoptante deben ser escuchados por el juez o la jueza, y que su opinión se valora según su edad y grado de madurez. Los hijos adoptivos y los biológicos serán hermanos, con los efectos emocionales y jurídicos que eso implica.
¿Cuál es la diferencia entre adoptar y ser familia solidaria? Son procesos distintos. El programa Familias Solidarias no tiene relación con la adopción: cuando un niño, una niña o un adolescente pierde a su familia de origen o debe ser alejado de ella por protección, queda bajo el cuidado de la Senaf. Mientras se busca a la familia ampliada o se trabaja con la familia de origen, puede estar alojado en una institución o al cuidado temporal de una familia solidaria, que sabe que no puede adoptarlo.
¿Todos los niños y niñas que viven en hogares esperan ser adoptados? No. Pueden estar en búsqueda de su familia ampliada o en proceso de revinculación con su familia de origen. Antes de que un juez declare la adoptabilidad, se deben agotar los esfuerzos para que puedan volver a sus familias en condiciones seguras.
¿El amor todo lo puede? El amor es la base de un proyecto adoptivo, pero el Poder Judicial aclara que se necesita más: cuidar, convivir y brindar alimentos, educación, recreación y atención médica, además de respetar la historia, el origen y la identidad de cada niño, niña o adolescente. Construir ese vínculo muchas veces es complejo y requiere el acompañamiento del Ruagfa y de los equipos técnicos del Fuero de Familia.
¿El proceso de adopción es muy largo? Según los datos proporcionados por el Poder Judicial, la suma de los plazos legales da un mínimo aproximado de 16 meses, que pueden extenderse si es en beneficio del niño, la niña o el adolescente, o cuando en el Ruagfa no hay familias inscriptas adecuadas. En ese caso, la búsqueda continúa en el Registro Nacional y, si tampoco allí hay una familia, se inicia una convocatoria pública.
Cómo es el proceso
La adopción se otorga solo por sentencia judicial. La ley prohíbe las adopciones directas o arregladas entre particulares, y el Poder Judicial advierte que intentar una guarda o una adopción "privada" puede configurar delitos penales.
Pueden ser adoptados quienes tienen entre 0 y 17 años y cuentan con una sentencia que declaró su situación de adoptabilidad, es decir, que se agotaron los intentos de que continúen al cuidado de su familia de origen o ampliada.
Después, el juez pide al Ruagfa que busque familias inscriptas adecuadas. La guía nacional sobre adopción describe las etapas siguientes: la búsqueda y selección de postulantes, la vinculación con el niño, niña o adolescente, la guarda con fines adoptivos y el juicio de adopción.
Dónde consultar
El RUAGFA de la Segunda Circunscripción Judicial atiende en San Luis 853, primer piso, en General Roca. El teléfono es (0298) 4292050, interno 591, y el correo electrónico, ruagfa2@jusrionegro.gov.ar. Más información en la sección de adopción del Poder Judicial.