La Municipalidad de Cervantes deberá pagar por 13 terrenos que expropió para un plan de viviendas
Hace más de una década, 13 terrenos de Cervantes fueron alcanzados por un proyecto de utilidad pública que terminó en una disputa judicial por el valor que debía pagarse a sus propietarios. Ahora, la Justicia hizo lugar a la expropiación y estableció los criterios que deberán utilizarse para calcular la indemnización que tendrá que afrontar la Municipalidad.
Las parcelas tenían características suburbanas o rurales y carecían de servicios cuando, en 2012, la Provincia declaró su utilidad pública. La Municipalidad avanzó posteriormente con trabajos en el sector y el primer juicio de expropiación comenzó en 2014, aunque ese trámite no logró cerrar las diferencias con todos los propietarios.
Con el paso de los años se realizaron tareas de limpieza, relleno y compactación, además de obras de infraestructura y servicios. Luego comenzó allí la construcción de 43 viviendas correspondientes al plan Techo Digno.
Uno de los puntos centrales de la discusión fue justamente cuánto valían esas tierras. Para la Municipalidad, el incremento de su valor estuvo relacionado con las inversiones públicas realizadas en el lugar. Los propietarios, en cambio, sostuvieron que las parcelas ya contaban con proyectos de loteo anteriores a la expropiación y tenían aptitud para un desarrollo urbano.
La Municipalidad de Cervantes inició un nuevo proceso de expropiación y durante el trámite alcanzó acuerdos con algunos de los herederos. Otros propietarios consideraron insuficiente la indemnización ofrecida y continuaron con el reclamo judicial.
El fuero Contencioso Administrativo de Roca hizo lugar a la expropiación, aunque no fijó todavía cuánto deberá pagar el Municipio. El juez consideró que no existen elementos técnicos suficientes para establecer una indemnización justa y dispuso que, una vez firme la sentencia, el perito tasador amplíe su informe.
Los propietarios que permanecieron en el juicio reclamaron que las parcelas fueran valuadas como tierras urbanas y de acuerdo con su valor real de mercado. También sostuvieron que la indemnización constituye una deuda de valor y pidieron que fuera determinada en dólares, con intereses y eventual capitalización.
La Municipalidad sostuvo lo contrario: planteó que debía considerarse la condición rural o suburbana que tenían los terrenos antes de las obras públicas.
El juez resolvió que los 13 inmuebles deberán ser valuados de acuerdo con esa condición suburbana o rural que tenían al momento del desapoderamiento. A la vez, estableció que no deberán descontarse las inversiones públicas realizadas posteriormente para urbanizar el sector.
Para resolver el conflicto se tuvieron en cuenta la Constitución Nacional, la Constitución de Río Negro, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Ley Provincial de Expropiaciones, además de precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la doctrina legal del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro.
El fallo recordó que una expropiación exige una indemnización justa, capaz de compensar al propietario por la pérdida del bien sin provocarle un perjuicio económico, pero tampoco un enriquecimiento injustificado.
Cómo se calculará cuánto deberá pagar la Municipalidad
El valor de las tierras será determinado en dólares. La nueva pericia deberá establecer el precio de mercado de cada parcela a la fecha en que se produjo su respectivo desapoderamiento y teniendo en cuenta las características suburbanas o rurales que presentaban entonces.
Una vez obtenido ese valor, la suma será convertida a pesos según el tipo de cambio oficial del Banco Nación vigente al momento de la cuantificación definitiva. Sobre ese resultado se aplicará un interés puro del 8% anual desde el desapoderamiento hasta la fecha en que se determine el monto.
De esta manera, la sentencia admite la expropiación pero deja abierta una cuestión central: cuánto tendrá que pagar finalmente la Municipalidad de Cervantes por los 13 terrenos.
Una vez que la resolución quede firme se realizará la ampliación de la pericia y posteriormente se practicará la liquidación. Determinada la indemnización, la Municipalidad tendrá 90 días para pagarla y, después del pago, se concretará la transferencia de los terrenos.