2026-09-23

Millonaria condena a una empresa de Roca: exigió jornada completa a un empleado con alta médica restringida y deberá pagar más de 20 millones

La Justicia Laboral falló a favor de un trabajador que se consideró despedido tras una licencia psiquiátrica. El conflicto surgió por diferencias entre su médico tratante y el profesional de la firma. Los jueces determinaron que la empleadora debió solicitar una tercera opinión imparcial.

La Cámara Primera del Trabajo de General Roca condenó a una firma comercial de la ciudad a indemnizar con una millonaria suma a un ex empleado. El fallo resolvió un conflicto legal originado en el reintegro laboral del trabajador tras una extensa licencia psiquiátrica, momento en el cual surgieron dictámenes cruzados entre los profesionales médicos sobre la cantidad de horas que debía cumplir en su puesto.

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El conflicto se desencadenó cuando el trabajador, que contó con el patrocinio del Estudio Jurgeit y Asociados, presentó el alta médica otorgada por su psiquiatra particular. El profesional recomendaba un retorno progresivo a sus tareas, indicando de forma explícita una jornada laboral reducida a un máximo de cuatro horas diarias. Sin embargo, la empresa lo derivó a su propio servicio médico de contralor, el cual emitió un informe afirmando que el empleado se encontraba en condiciones de retomar sus labores habituales cumpliendo la jornada completa de ocho horas.

Ante esta discrepancia, la firma intimó al trabajador a presentarse a cumplir su horario normal, desconociendo la indicación de su médico tratante. Frente a la exigencia de la empresa y la negativa a adecuar su jornada, el empleado se consideró gravemente injuriado y se dio por despedido de manera indirecta, dando inicio a la demanda judicial. En su presentación legal, el demandante también había argumentado que su cuadro de salud mental fue provocado por situaciones de persecución y maltrato por parte de personal jerárquico.

Al analizar el expediente, los magistrados rechazaron el reclamo indemnizatorio por acoso laboral, al considerar que los testimonios no aportaron pruebas suficientes para acreditar un hostigamiento sistemático dentro del establecimiento. No obstante, el tribunal falló a favor del trabajador respecto a la causal principal del despido. Los jueces determinaron que, frente a diagnósticos contradictorios entre el médico particular y el especialista del empleador, la empresa actuó de manera imprudente al imponer su propio criterio.

Basándose en la jurisprudencia y la normativa laboral vigente, los magistrados concluyeron que la empleadora tenía la obligación de requerir la intervención de una tercera opinión imparcial, como una Junta Médica, para zanjar la controversia de forma objetiva antes de exigirle al empleado el cumplimiento de la jornada completa.

Por no haber arbitrado estos medios, la Justicia consideró justificado el autodespido del trabajador y condenó a la firma a abonar las indemnizaciones correspondientes a una desvinculación sin causa. La sentencia obliga a la demandada a pagar la suma de 20.658.408 pesos en concepto de capital, a lo que deberán adicionarse los intereses devengados hasta la fecha de su efectivo pago.

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