2026-08-04

¿Puede un camión ocupar parte de la calle al estacionar? la situación que complicó el tránsito en pleno centro de Roca

Ocurrió sobre calle 25 de Mayo, entre Buenos Aires y Chacabuco. El vehículo sobresalía del espacio de estacionamiento a 45 grados y obligaba a los automovilistas a abrirse para poder seguir circulando. Qué establece el Código de Tránsito municipal.

Un camión estacionado sobre calle 25 de Mayo, entre Buenos Aires y Chacabuco, complicó el tránsito en pleno centro de Roca este martes a la mañana. Por sus dimensiones, el vehículo sobresalía del espacio de estacionamiento a 45 grados y ocupaba buena parte de la calle, por lo que los automovilistas debían abrirse para poder continuar la marcha. La escena también abrió una pregunta: ¿qué dice la normativa municipal sobre un vehículo de estas dimensiones estacionado de esa forma?

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El nuevo Código de Tránsito de Roca, aprobado mediante la Ordenanza de Fondo N.º 5091, entró en vigencia tras su publicación en el Boletín Oficial Municipal el 21 de mayo de 2026 y derogó expresamente la normativa anterior en materia de tránsito.

La Ordenanza de Fondo N.º 5091 define como camión a todo vehículo automotor destinado al transporte de carga de más de 3.500 kilogramos de peso total, diferenciándolo de las camionetas, destinadas al transporte de carga de hasta ese peso.

Cuando se sacaron las fotos no había ninguna maniobra de carga o descarga. El camión permanecía estacionado en el lugar, por lo que la duda pasa por determinar si un vehículo de esas dimensiones puede sobresalir del espacio destinado al estacionamiento y ocupar parte de la calle.

La Ordenanza de Fondo N.º 5091 también establece que la autoridad de aplicación puede disponer el acarreo de vehículos cuando se encuentren estacionados en infracción, sean peligrosos o constituyan un obstáculo para la circulación, además de otros supuestos previstos en el Código.

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