2026-06-03

Fotografió a su vecina bañándose y recibió una insólita sanción: solo pagará una multa

Un juez determinó que el ataque constituyó un caso de violencia digital de género, pero la falta de legislación penal específica derivó en una sanción económica.
La Justicia de La Pampa impuso una pena contravencional a un hombre de 32 años que utilizó un palo de dos metros para asomar su teléfono celular por el ventiluz del baño de su vecina, y tomarle fotos mientras la mujer se duchaba.
 
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El atacante, identificado como Leandro Javier Andrés Morales, reconoció su responsabilidad en el hecho y admitió haber capturado imágenes de la joven sin su consentimiento mientras ella se bañaba.

El juez Maximiliano Boga Doyhenard homologó un acuerdo de juicio abreviado que fijó las siguientes penalidades para el agresor:

  • Sanción económica: El pago de una multa fijada en 361.200 pesos.
  • Restricción perimetral: La prohibición absoluta de contacto y acercamiento a la víctima por seis meses.
  • Pérdida de bienes: El decomiso definitivo del teléfono celular utilizado para el espionaje.
Los argumentos judiciales y el vacío legal
En los fundamentos del fallo, el magistrado sostuvo firmemente que la conducta de Morales “no resultó una simple molestia, sino que existió una finalidad sexual o voyerista evidente que constituyó violencia contra la mujer”. El juez subrayó que el episodio representó una invasión deliberada de la intimidad corporal que debe encuadrarse bajo la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
 
Asimismo, Boga Doyhenard citó la denominada Ley Olimpia (27.736), que incorpora formalmente la violencia digital como una modalidad de violencia de género. Sin embargo, el funcionario advirtió que las herramientas legales actuales resultan insuficientes para castigar penalmente este tipo de acoso, por lo que instó públicamente al Poder Legislativo a reformar los códigos actuales para penalizar severamente la obtención de material íntimo sin autorización.

 
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