¿Qué dijo el municipio de Roca respecto a la fotomulta que fue anulada?
El municipio de Roca emitió un comunicado oficial atacando la “información falsa” sobre una multa que fue anulada luego de que un conductor demostrara que no estaba pisando la banda de frenado, como se lo acusaba desde la comuna en base a las imágenes de las cámaras.
Luego de que el Juzgado de Faltas municipal anulara una infracción de tránsito que se basó en el sistema de cámaras que tiene el municipio, porque un conductor demostró que su auto no pasaba la banda de frenado como se afirmaba en el acta de infracción, el municipio emitió un comunicado oficial en el cual se asegura que la información dando cuenta de esa situación “es falsa y maliciosa”, y aclara que el sistema empleado en la ciudad “no requiere de calibración”.
De todos modos, vale recordar que en el caso en cuestión, la multa fue anulada al basarse la jueza de faltas en el artículo 37, inciso b, de la Ordenanza 2359/96, que se aplica ante un hecho que no ocurrió, y desestimó la causa. El municipio advirtió que “los sistemas de fiscalización electrónica para cruce de semáforo en rojo no deben confundirse con radares o cinemómetros de velocidad”, porque los consideran “herramientas técnicas diferentes”.
A diferencia de los radares oficiales que funcionan en algunas rutas, conocidos como cinemómetros y que el propio municipio aclara que “miden velocidad y requieren ajustes periódicos”, las cámaras para vigilar que los conductores no cometan infracciones en la ciudad, sobre todo en las bocacalles donde existen semáforos, “registran evidencia visual de una conducta vial determinada y no requieren calibración”.
Lo cierto es que por un supuesto error de una cámara se aplicó una multa que, luego de ser revisada gracias al tiempo empleado por el contribuyente en gestiones y apelaciones, fue anulada porque la imagen de la cámara presentaba una anomalía. Para la municipalidad, “es falso que el Juzgado de Faltas reconoció un supuesto mal funcionamiento del sistema de cámaras. Esa conclusión no surge de ningún informe técnico, ni de una decisión administrativa, ni de una manifestación oficial”.
Sin embargo, el conductor multado fue intimado a pagar un determinado monto porque, según la imagen de la cámara, estaba pisando la banda de frenado. Pero una revisión posterior en el Juzgado de Faltas no avaló lo dictaminado por los inspectores municipales. Dijo la Jueza de Faltas Subrogante, Estefanía Lucero: “Habiendo sido analizado el video de fecha 28.10.2025, se comprueba que el Sr. XXXXXX no infringe el art. arriba mencionado (Art. 103 de la ord. 4845/2028), correspondiendo en consecuencia desestimar el acta de Infracción”.
Argumentó la funcionaria que “corresponde desestimar la denuncia cuando los medios de justificación acumulados con la denuncia no sean suficientes para acreditar la falta”. Así, las imágenes del sistema de fotomultas no habrían resultado prueba suficiente en esta instancia.
Para las autoridades comunales, “una infracción detectada electrónicamente no es una sanción automática. Cada actuación puede ser revisada por la autoridad competente, que analiza la prueba y resuelve conforme a derecho”. Y manifestaron que la actuación del Juzgado de Faltas “ocurre habitualmente dentro de un procedimiento que garantiza el derecho de defensa y el control de legalidad de cada actuación. La existencia de una instancia de descargo o revisión ante el Juzgado de Faltas no significa que el sistema funcione mal. Significa que existe un procedimiento administrativo con control, derecho de defensa y análisis individual de cada caso”.
Como lo hicieron algunos vecinos en redes sociales, que pusieron en duda la validez de otras multas similares, para el municipio “resulta desatinado ya que carece de sustento técnico e institucional y sólo busca generar una confusión innecesaria en la ciudadanía”. La gestión comunal defendió el sistema de fotomultas, asegurando que “estas herramientas tienen como finalidad mejorar la seguridad vial, prevenir conductas de riesgo y reducir siniestros, siempre dentro de un procedimiento transparente y con garantías para los vecinos”.
Y cerraron el parte oficial aclarando que “al igual que en las ciudades de Neuquén, Cipolletti, Junín de los Andes, Zapala y San Francisco (Córdoba) donde el sistema de fiscalización electrónica para cruces de semáforo en rojo es brindado por la misma empresa, en Roca se ha logrado corregir conductas riesgosas al volante, dado que la vigilancia tecnológica y la sanción económica funcionan como elementos disuasorios clave en la seguridad vial”.