2026-04-29

Le retenían el 15% de la jubilación para su nieta y la Justicia ordenó frenar ese descuento

Una mujer cobraba su haber jubilatorio con una retención mensual fijada por cuota alimentaria. En Roca, el fuero de Familia resolvió el cese del descuento luego de que su nieta cumpliera 22 años.

La Justicia de Familia de Roca ordenó dejar sin efecto la retención del 15% sobre la jubilación de una abuela, que desde 2017 aportaba esa suma como cuota alimentaria para su nieta.

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El descuento se aplicaba directamente sobre el haber previsional a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) y había sido fijado años atrás en favor de la joven, cuando todavía era menor de edad.

Ahora, con la nieta de 22 años y ya alcanzada la mayoría de edad, la madre solicitó el cese de esa obligación y pidió que se suspendiera la retención mensual.

La jueza analizó que, a diferencia de lo que ocurre con los progenitores, la obligación alimentaria de los abuelos no se extiende automáticamente después de los 18 años.

A partir de esa edad, el derecho a alimentos respecto de los abuelos se rige por las normas generales entre parientes y exige que quien reclama acredite que no puede sostenerse por sus propios medios.

El expediente también mostró que la propia abuela ya había pedido anteriormente el cese de esa cuota, aunque ese trámite no avanzó por falta de ratificación.

Con la documentación incorporada y acreditada la mayoría de edad de la joven, el fallo hizo lugar al pedido y resolvió frenar el descuento.

La sentencia deja a salvo la posibilidad de que la nieta inicie un nuevo reclamo si acredita los requisitos legales correspondientes.

Finalmente, la jueza ordenó comunicar la decisión a Anses, que deberá dejar sin efecto la retención que se aplicaba sobre los ingresos de la jubilada.

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