Muerte de Valentín: los fundamentos del fallo condenatorio del anestesiólogo y porqué se fijó una inhabilitación menor a la pedida
La condena al anestesiólogo Mauricio Atencio Krause por la muerte de Valentín Mercado Toledo no solo fijó la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, sino que también dejó por escrito los fundamentos de la dosificación, en particular los motivos por los que el juez Emilio Stadler resolvió una inhabilitación profesional de siete años y seis meses, menor a la solicitada por la Fiscalía y la querella.
De acuerdo a la sentencia difundida por el Poder Judicial, el tribunal sostuvo que la pena debía guardar proporcionalidad con la conducta atribuida y con las circunstancias del caso. En ese marco, el juez valoró la gravedad del hecho —un homicidio culposo ocurrido durante una práctica médica— y el grado de responsabilidad profesional del anestesiólogo, pero también aplicó criterios de dosificación previstos en el Código Penal para determinar el alcance de la inhabilitación.
La Fiscalía y la querella habían pedido diez años de inhabilitación para ejercer la medicina, al entender que la conducta negligente demostrada en el juicio ameritaba el máximo reproche dentro del marco legal. La defensa, en cambio, solicitó una sanción menor y que la inhabilitación se limitara a un área específica de la práctica profesional. El juez no adoptó ese planteo restrictivo, pero sí resolvió un plazo menor al reclamado por las acusaciones, al considerar el conjunto de circunstancias evaluadas en la sentencia.
En los fundamentos, Stadler detalló los incumplimientos profesionales que quedaron probados durante el debate: la falta de control permanente de la vía aérea, la ausencia de vigilancia continua de los signos vitales y las distracciones durante el procedimiento, entre ellas el uso del teléfono celular y la salida del quirófano en plena intervención. Para el tribunal, estas conductas configuraron una negligencia grave que derivó en un desenlace evitable.
El fallo también puso el foco en que la muerte del niño se produjo por asfixia prolongada a partir de la obstrucción del tubo endotraqueal, un evento que debía ser advertido de manera inmediata por el profesional a cargo de la anestesia. Esa omisión, concluyó el juez, rompió el deber de cuidado que rige la práctica médica en el quirófano.
La sentencia remarcó que la inhabilitación profesional no tiene un carácter meramente punitivo, sino que cumple una función preventiva, orientada a evitar la reiteración de conductas riesgosas en el ejercicio de la medicina. En ese marco, el tribunal sostuvo que el plazo fijado resultaba adecuado para resguardar el interés público sin apartarse de los parámetros de proporcionalidad establecidos por la ley.
Además de la inhabilitación, Atencio Krause deberá cumplir reglas de conducta durante tres años, entre ellas la presentación periódica ante la Justicia y la obligación de no cometer nuevos delitos. La defensa cuenta con la posibilidad de impugnar la sentencia ante el Tribunal de Impugnación, instancia que revisará los fundamentos del fallo.