Cobraba las asignaciones de sus hijos pero no las aportaba: un fallo en Roca determinó violencia económica
El fuero de Familia de Roca ordenó el pago de una cuota alimentaria para los tres hijos de una mujer que atraviesa una situación económica crítica y que, según determinó el fallo, sostiene en soledad la crianza y el hogar. La sentencia también consideró que la falta de aportes regulares por parte del padre constituye una forma de violencia económica.
La mujer, madre de tres niños, combina trabajos como empleada doméstica, niñera y cuidadora de adultos mayores para sostener la economía familiar. En los últimos meses incluso realizó un curso de manicura para sumar ingresos ante la inestabilidad laboral. Tras 15 años de pareja, la relación terminó y ella se mudó junto a sus hijos y su hermana a una vivienda alquilada que, según un informe social, presenta severas carencias y un espacio reducido que “agrava el cuadro de hacinamiento”.
Mientras tanto, el hombre continúa habitando la casa familiar sin pagar alquiler. De acuerdo con el testimonio de la mujer, solo realiza aportes esporádicos y cobra las asignaciones familiares de los niños, pero no las entrega.
Ante este panorama, la madre inició una demanda de alimentos en representación de sus hijos. La jueza interviniente hizo lugar al reclamo y fijó una cuota mensual sobre los ingresos del padre, tras determinar que las tareas de cuidado recaen de manera exclusiva sobre la progenitora.
El hombre negó los hechos y alegó participar activamente en la crianza, pero la prueba reunida en el expediente mostró lo contrario: el informe pericial describió un grupo familiar monoparental sostenido por la madre, con recursos mínimos y sin acompañamiento cotidiano del progenitor. Tampoco pudo acreditarse un régimen de cuidado compartido.
En la resolución, la magistrada remarcó el valor económico de las tareas de cuidado que realizan las mujeres en los hogares, recordando que “suele ser llamado un ‘trabajo de amor’, pero nunca es solamente eso: involucra trabajo arduo y responsabilidad, tiempo, energía, dinero y pérdida de oportunidades alternativas”.
El fallo subrayó que la falta de cumplimiento del padre respecto de sus obligaciones esenciales hacia los hijos “impacta directamente en la autonomía económica de la mujer” y constituye una modalidad de violencia de género.