2025-10-22

Veda electoral en Roca: qué se puede hacer y qué no antes de las elecciones del domingo

El Municipio recordó lo que establece el Código Electoral Nacional sobre las limitaciones tanto para los partidos y candidatos como para los comercios y ciudadanía en general.

De cara a las elecciones legislativas del próximo domingo 26 de octubre, el Municipio de Roca recordó a la comunidad cuáles son las restricciones que establece la veda electoral. La medida, se encuentra contemplada en el Código Electoral Nacional (Ley 19.945) y busca garantizar el normal desarrollo de los comicios así como también la equidad entre los distintos espacios políticos.

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La veda comienza a regir 48 horas antes de la apertura de las urnas, es decir, desde la medianoche del viernes 24 de octubre, y se extiende hasta tres horas después del cierre de la votación del domingo. Durante ese período, la ley impone una serie de limitaciones tanto para los partidos y candidatos como para los comercios y la ciudadanía en general.

Entre las disposiciones más conocidas se encuentra la prohibición de venta de bebidas alcohólicas. En este sentido, el Municipio informó que los comercios podrán vender alcohol hasta las 20 del sábado 25 de octubre y retomar la actividad a partir de las 21 del domingo 26. Bares, confiterías y restaurantes podrán permanecer abiertos hasta las 18 del día de la elección, únicamente bajo la modalidad de retiro en puerta o delivery. Luego de ese horario, podrán reanudar la atención normal, siempre que respeten la restricción sobre la venta de alcohol.

El Código Electoral también prohíbe la realización de actos públicos de proselitismo, la difusión de encuestas y sondeos de opinión, así como la organización de reuniones o espectáculos públicos no vinculados al acto electoral. Tampoco está permitido ofrecer o entregar boletas dentro de un radio de ochenta metros de las mesas receptoras de votos ni exhibir banderas, insignias o cualquier otro elemento que identifique a partidos o agrupaciones políticas durante el día de la elección.

Asimismo, la normativa prohíbe la portación de armas y el funcionamiento de juegos de azar en clubes o sedes partidarias mientras dure el acto comicial. El incumplimiento de estas disposiciones puede derivar en sanciones penales, que van desde multas hasta penas de prisión. Por ejemplo, quienes expendan bebidas alcohólicas durante la veda pueden ser sancionados con penas de entre quince días y seis meses de prisión.

Desde el Municipio recordaron la importancia de cumplir con las normas establecidas para que la jornada electoral se desarrolle con tranquilidad y respeto.

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