Roca: un fallo con perspectiva de género reconoció el 50% de la vivienda y los bienes a cada conviviente
Después de dieciséis años de convivencia, una pareja de Roca terminó su relación en medio de denuncias de violencia familiar y reclamos por los bienes acumulados. El hombre inició una demanda de distribución de bienes y el tribunal reconoció que a cada parte le corresponde la mitad de la vivienda, del terreno, de las mejoras y del comercio que atendían juntos.
El fallo también incluyó muebles, vehículos y demás bienes adquiridos durante la unión. Si bien la legislación establece que los bienes pertenecen a quien los registra a su nombre, la jueza recordó que es posible reclamar cuando se acredita un esfuerzo compartido o un enriquecimiento sin causa, figuras que habilitan la división patrimonial.
En su resolución, la magistrada señaló que debió analizar la causa con perspectiva de género, dado que existía un expediente paralelo por violencia familiar. “La realidad muestra que las mujeres siguen enfrentando dificultades para acceder a la justicia, como tabúes, prejuicios, estereotipos y vacíos legales. Por eso, debemos resolver los casos con perspectiva de género”, sostuvo.
Agregó además que impartir justicia implica reconocer las desigualdades estructurales: “Las mujeres han estado históricamente en situación de desventaja por una construcción sociocultural que definió su rol y posición”.
Los testigos confirmaron que el hombre construyó la vivienda con su trabajo, pero también se comprobó que ambos aportaron en el negocio familiar y en la economía del hogar. La casa, además, seguía figurando como fiscal y no había sido escriturada a nombre de ninguno.
La sentencia marca un antecedente de interés comunitario para quienes mantienen uniones convivenciales sin matrimonio: la justicia puede ordenar la división de los bienes cuando se acredita un proyecto común sostenido en el tiempo.