ACTUALIZACIÓN INFLACIONARIA
ARCA anunció los montos a partir de los cuales billeteras y bancos deben informar movimientos
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha realizado una significativa actualización en los montos mínimos a partir de los cuales las entidades financieras y las billeteras virtuales deben reportar transacciones y saldos de sus clientes. Este ajuste lleva el propósito de alinear estos límites con la inflación actual, utilizando como referencia el Indice de Precios al Consumidor (IPC) calculado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
El cambio, formalizado a través de la Resolución General 5512/2024, establece que los nuevos umbrales comenzarán a aplicarse a partir del 1 de enero de 2025. Este tipo de medidas permiten a las instituciones financieras y plataformas virtuales adoptar prácticas más precisas al informar sobre los movimientos económicos relevantes realizados por sus clientes.
Para muchos consumidores, este ajuste regulatorio puede parecer un cambio más en el complejo paisaje económico, pero en realidad, no afecta el día a día de las personas. La responsabilidad de cumplir con esta legislación recae completamente en las entidades financieras y las billeteras virtuales, que ahora deben reportar cuando las transacciones superan ciertos umbrales monetarios.
Es importante detallar cuánto son esos nuevos importes. Para consumos con tarjetas de débito dentro del territorio nacional y sobre los ingresos o egresos totales en billeteras virtuales, el umbral ha sido establecido en $600,000.
En términos de acreditaciones bancarias mensuales, depósitos a plazo y extracciones de efectivo, el límite a partir del cual se debe hacer un reporte es de $1,000,000. Además, para los saldos finales tanto en cuentas tradicionales como virtuales, se adoptan estas mismas cifras como referencia. En cuanto a las transferencias que sólo involucran billeteras virtuales, cualquier operación que supere los $2,000,000 debe ser informada.