Pirotecnia Cero en Roca: cuánto salen las multas y que es lo que se sanciona?
Desde 2022, en General Roca rige la Ordenanza Nº 4919/20, que prohíbe la venta y el uso de pirotecnia sonora para reducir los riesgos que esta genera en personas, animales y el ambiente. En la ciudad existen cinco locales habilitados para la venta de pirotecnia luminosa.
Esta normativa responde al pedido de la comunidad, dado el impacto negativo de los estruendos en mascotas, que pueden sufrir daños, accidentes o pérdidas, y en personas con sensibilidad auditiva, especialmente aquellas con TEA (Trastorno del Espectro Autista), Síndrome de Down o TGD (Trastorno Generalizado del Desarrollo).
El incumplimiento de la ordenanza conlleva multas económicas. A continuación, se detallan las sanciones:
- Uso o entrega de pirotecnia sonora: multa de 300 a 500 USAM($180.000 a $300.000 según tarifaria vigente al 04/11/2024), agravada si se utiliza cerca de centros de salud, geriátricos, escuelas, funerarias o estaciones de combustible.
- Venta de pirotecnia sonora sin habilitación: multa de 500 a 1000 USAM ($300.000 a $600.000) y clausura del local.
- Fabricación, venta mayorista, minorista o ambulante de pirotecnia sonora y globos aerostáticos: multa de 1000 a 10.000 USAM ($600.000 a $6.000.000) y clausura del establecimiento.
La ordenanza permite exclusivamente la venta de pirotecnia lumínica sin efecto sonoro, bajo autorización municipal. Los comercios habilitados para este tipo de venta son:
- Kiosco Josué - Mitre 2326
- Planet Regalo - La Plata 950
- Kiosco La Reina - Av. Roca 1993
- Despensa Morena - Ushuaia 2174
- MiniShopping - O'Higgins 1607
Para realizar denuncias sobre el uso, venta y depósitos de pirotecnia sonora, los vecinos y vecinas pueden comunicarse con Inspección General, al teléfono 4431400 interno 2120, de lunes a viernes de 7 a 20 o mediante un mail a inspecciongeneral@generalroca.gob.ar. Durante los fines de semana o fuera del horario indicado pueden asentarse las denuncias al mismo número de telefónico.