2024-02-01

SENTENCIA FAVORECE EL DERECHO A LA IDENTIDAD

Triunfo judicial: un joven logró inscribir en su documento el nombre que siempre usó

Un joven de 18 años consiguió que la justicia le reconociera el nombre con el que se identificó toda su vida

En un fallo sin precedentes, la justicia reconoció el derecho de un joven de 18 años a utilizar el nombre con el que se identificó a lo largo de su vida, a pesar de no estar registrado oficialmente.

Esta situación se remonta al momento de su nacimiento en 2005, cuando sus padres intentaron inscribirlo con un nombre considerado "extravagante" por las autoridades del Registro Civil. A pesar de sus intentos por hacer una excepción, el pedido fue rechazado y el joven creció utilizando el nombre que le habían denegado.

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La magistrada a cargo del caso señaló que, a pesar de que en aquel momento el nombre fue considerado "extravagante", las leyes han evolucionado y han flexibilizado el principio de "inmutabilidad" del nombre. En el Código Civil y Comercial de la Nación, vigente desde 2015, se establece que una persona puede cambiar su nombre o apellido si demuestra tener "justos motivos".

Por otro lado, la Ley de Identidad de Género del año 2012 habilita el cambio de nombre por razones de identidad de género. Aunque el caso del joven no se refiere específicamente a esa cuestión, la ley brinda un marco importante para valorar el derecho a la identidad en todas sus facetas.

La justicia también destacó que el reconocimiento de otras identidades más allá de las categorías binarias de hombre y mujer ha tenido consecuencias directas en la selección de pronombres, lo que muestra que la falta de identificación clara con uno de los sexos ya no es una excusa registral para elegir un nombre.

En su fallo, la jueza resaltó que negarle al joven la posibilidad de utilizar el nombre con el que se identifica constantemente afectaría su identidad y le impediría llevar una vida cómoda y agradable, ya que tendría que explicar en repetidas ocasiones por qué se llama de un modo diferente a lo que figura en sus registros.

Previo al cambio de nombre, se cumplieron una serie de requisitos legales, como la publicación de edictos y la verificación de que no había bienes o gravámenes a nombre del joven que pudieran verse afectados con el cambio. Finalmente, la jueza ordenó al Registro Civil que modifique la partida de nacimiento y la documentación correspondiente, incorporando el nombre preferido por el joven en primer lugar.

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