2022-12-12

¿Es posible que el odontólogo condenado por abuso pase Navidad en su casa?

El odontólogo de Cipolletti condenado por abuso sexual a una paciente y que tiene pendientes otros juicios por casos similares, pasará las fiestas navideñas y de año nuevo en su casa. Sigue vigente la prisión domiciliaria por el primer caso, mientras que una segunda causa sufre algunos tropiezos formales en la justicia.

El 18 de marzo, la justicia lo consideró culpable de un hecho de abuso y lo condenó a siete años y seis meses de prisión. La sentencia fue apelada pero el Tribunal de Impugnación aceptó los criterios de la primera instancia. A partir de allí, empezó un intenso trabajo de la defensa para demostrar que las cárceles rionegrinas no están en condiciones de alojar a un detenido que necesita de un acompañante terapéutico las 24 horas, y que está medicado para su cuadro de depresión.

Leé también: Polémica por el fallo judicial que absolvió al odontólogo abusador

Los jueces, hasta ahora, le han dado la razón. En las distintas audiencias, el odontólogo Mariano Márquez se ha visto con un lenguaje corporal muy llamativo: encorvado sobre sí mismo, sin poder fijar la mirada hacia el frente por más de un par de minutos, y con un temblequeo indisimulable de todo su cuerpo.

Hay otro juicio pendiente por un caso similar. En mayo, la jueza Alejandra Berenguer cuestionó la investigación presentada por la fiscalía, dio lugar a los argumentos de la defensa sobre la falta de precisiones y dispuso la absolución. Polémica: la fiscalía sostuvo su postura y recurrió ante el Tribunal de Impugnación. Y aquí hubo un caso curioso. En primer lugar, el cuerpo había resuelto darle la razón a los acusadores y ordenar la realización de un nuevo juicio. Pero casi sobre la marcha decidió dar marcha atrás y anuló su propio fallo. ¿Qué había pasado?

Seguí leyendo: ¿El odontólogo abusador puede ir a una cárcel común de Río Negro?

Según las fuentes consultadas, este Tribunal tenía como un criterio de base realizar las audiencias sin la participación de los acusados, ya que consideraba que se tratan de temas “técnicos”, en el que deben intervenir las “defensas técnicas”. Es decir, los abogados.

Pero el Tribunal Superior de Justicia había sentado jurisprudencia sobre este tema en el llamado “Caso Honores”, en el que se juzgó y condenó a prisión perpetua a Irene Méndez por el homicidio del comerciante Eduardo Honores en 2017. Allí quedó en claro que el imputado tiene el derecho a participar y ser escuchado (en forma presencial o mediante alguna plataforma digital), en la audiencia de impugnación.

Adecuándose a este criterio, Impugnación anuló su propio fallo y decidió convocar a una nueva audiencia, que se realizará después de la Feria de enero.

Te puede interesar