2020-10-26

Se mantienen las restricciones en el Departamento General Roca en la nueva fase de aislamiento

A partir de la nueva extensión de la fase de Aislamiento Social, Preventivo y y Obligatorio (ASPO), determinada por el presidente Alberto Fernández, en el departamento General Roca, se mantendrán las mismas restricciones hasta el 8 de noviembre inclusive. De esta manera, de acuerdo a lo reglamentado en la provincia de Río Negro, las restricciones serán:

- La circulación de las personas, por cualquier medio habilitado, sólo podrá realizarse entre las 7 y las 24 de lunes a domingo. Se exceptúa de dicha restricción al personal considerado esencial a los fines de la atención de la emergencia sanitaria en los términos del Decreto N° 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional, quien deberá acreditar tal circunstancia ante requerimiento de cualquier autoridad.

- Comercios de productos esenciales: podrá realizarse en el horario comprendido entre las 8 y las 20.30, de lunes a sábado, y en el horario de 9 a 15 los días domingo.

- Comercios de productos no esenciales y actividades de servicios no esenciales: deberá realizarse entre las 8 y las 20.30 de lunes a sábado, hasta un máximo de 8 horas diarias, conforme dispongan las reglamentaciones locales.

- Restaurantes, bares, cafés y establecimientos similares, podrán funcionar de lunes a sábado en horario de 9 a 20 con servicio regular conforme los protocolos vigentes, y únicamente mediante la modalidad de retiro de productos elaborados y delivery, entre las 20 y las 23. Se permitirá prestar los servicios gastronómicos con atención en mesas en el horario de 20 a 24 los días jueves, viernes y sábado. Los protocolos sanitarios específicos para dichas actividades deberán propender a disminuir el aforo en espacios cerrados y privilegiar la utilización de espacios al aire libre, con estricto control del resto de las acciones preventivas establecidas para prevenir el contagio del covid-19.

- Estará permitida la realización de actividad deportiva al aire libre de forma individual en el horario de 9 a 21, de lunes a domingo, respetando las pautas de comportamiento relativas al distanciamiento social.

- El desarrollo de la obra de carácter privado, con un máximo de hasta cinco obreros por obra, uno cada 70m2, más el director de obra y representante técnico.

- Trabajadoras y trabajadores afectados al régimen de personal de casas particulares o servicio doméstico.

- Se autoriza de forma excepcional la circulación de los ciudadanos en el marco de las habilitaciones dispuestas, debiendo limitarse a los traslados mínimos e indispensables dentro de los horarios de apertura establecidos por la presente y conforme las reglamentaciones locales pertinentes detallen. (ANR)

 

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