2020-09-29

¿Cómo será la nueva etapa del aislamiento social en el departamento General Roca?

Desde las 0 de hoy, y por disposición del ministerio de Salud de la provincia, está en vigencia el nuevo esquema de excepciones al cumplimiento del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO). La medida se extiende hasta el 12 de octubre, en principio y rigen de este modo las prohibiciones de circular que establece el Decreto N° 754/20 del Poder Ejecutivo Nacional, en el departamento General Roca.

A pesar de esta resolución, ahora resta saber de qué modo va a aplicar la medida el Municipio roquense. Así mismo se destaca que no se habilitarán las reuniones sociales previstas en el Artículo 26 del Decreto N° 754/20, con el fin de proteger la salud pública.

La nueva resolución ministerial establece las siguientes pautas:

-Comercio de productos esenciales:  Pueden abrir entre las 9 y las 20, de lunes a sábado.

-Comercios de productos no esenciales y actividades de servicios no esenciales: Entre las 9 y las 20 de lunes a sábado, hasta un máximo de 8 horas diarias, conforme dispongan las reglamentaciones locales.

-Restoranes, bares, cafés y establecimientos similares, podrán funcionar con atención al público de lunes a miércoles en horario de 8 a 20; de jueves a sábados de 8 a 24; domingos de 9 a 15 y servicio de delivery hasta las 24. Modalidad de retiro de productos elaborados y delivery, hasta las 23 hs. de lunes a sábados.

-Heladerías: de lunes a domingo de 9 a 24.

-Estará permitida la realización de actividad deportiva al aire libre de forma individual y en dupla en el horario de 9 a 20, de lunes a domingo, respetando las pautas de comportamiento relativas al distanciamiento social.

-Gimnasios y academias de danzas de lunes a sábados de 9 a 21 con el cumplimiento estricto de los protocolos.

-La totalidad de los comercios, cualquiera sea el rubro, deberán permanecer cerrados los días domingo, debiendo sus titulares utilizar dicha jornada para realizar una completa desinfección de los mismo

-El desarrollo de la obra de carácter privado, con un máximo de hasta cinco obreros por obra, uno cada 70m2, más el director de obra y representante técnico.

-Trabajadoras y trabajadores afectados al régimen de personal de casas particulares o servicio doméstico.

-Se autoriza de forma excepcional la circulación de los ciudadanos en el marco de las habilitaciones dispuestas, debiendo limitarse a los traslados mínimos e indispensables dentro de los horarios de apertura establecidos por la presente y conforme las reglamentaciones locales pertinentes detallen.

-Las personas afectadas a estas actividades exceptuadas deberán dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios específicos, y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales y provinciales.

-En todos los casos los empleadores y las empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por la autoridad sanitaria para preservar la salud de los trabajadores y las trabajadoras.

-Se dispone además la dispensa de asistencia a los trabajadores del sector público provincial que presten funciones dentro del Departamento General Roca a los fines de evitar su circulación como medida preventiva contra el covid-19. (ANR)

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