2016-08-03

Los argumentos del STJ para que Villegas siga preso

Se confirmó por parte del Superior Tribunal de Justicia (STJ) la prisión preventiva del policía Jorge Villegas, tal como lo adelantó a ANR la abogada de la familia de Pablo Vera, Victoria Naffa Prietto.

Ahora el máximo tribunal judicial de la provincia dio a conocer los detalles de su resolución, a la que llegaron con acuerdo de los jueces Ricardo Apcarian, Enrique Mansilla, Adriana Zaratiegui y Liliana Piccinini, y la abstención del juez subrogante Ariel Gallinger.

El STJ informó que resolvió "rechazar el recurso de casación interpuesto" por la defensa del imputado.

En el recurso de casación interpuesto por el abogado del policía, Juan Luis Vincenty, sostuvo que la prisión preventiva tenía una "flagrante inobservancia de las garantías constitucionales de presunción de inocencia, proporcionalidad, defensa en juicio y debido proceso legal", argumentando que no había peligro de fuga de Villegas.

Para el STJ  no hubo arbitrariedad en la decisión de la Cámara de Roca que dictó la preventiva y se basó en tres razones: la severidad de la pena, su vínculo con la fuerza policial (que podría facilitar la fuga), y la posibilidad de contar con medios materiales para eludir a la justicia. (ANR)

"(...) integra el personal de fuerzas de seguridad con 26 años de servicio y cuenta con la posibilidad de apoyo y asistencia de camaradas, tanto desde la información hasta medios materiales (...)" - Uno de los argumentos para rechazar el pedido de Vincenty.

Los argumentos del STJ, detalladas por Delegación de Comunicación Judicial:

  1. "La severidad de la pena" impuesta, que resulta "un parámetro razonable para presumir que el imputado podrá intentar eludir la acción de la justicia”.

  2. El hecho de que el imputado "integra el personal de fuerzas de seguridad con 26 años de servicio y cuenta con la posibilidad de apoyo y asistencia de camaradas, tanto desde la información hasta medios materiales". En ese punto, la Cámara advirtió la existencia "lealtades que en gran medida se percibieron durante las audiencias del juicio” y el STJ destacó que esa valoración es "una 'percepción' que con toda claridad no es revisable, pues surge 'directa y únicamente de la inmediación'" de los jueces que integraron el Tribunal de Juicio.

  3. Que "por su trabajo constante (Villegas) posee una capacidad económica para eludir la acción de la justicia".

"En síntesis -concluyó el STJ-, la medida cautelar tiene como fundamentos válidos el avance procesal, la sentencia condenatoria que impone una pena perpetua ya en concreto y la posible connivencia de quienes junto al imputado integran la fuerza policial. Este es el razonamiento del juzgador que resulta cognoscible y, por tanto, la sentencia no es arbitraria".

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