10/05/2024

Qué es el RIGI: ¿un punto de inflexión en la Ley Bases?

Qué es el RIGI: ¿un punto de inflexión en la Ley Bases?

En el marco de las acaloradas negociaciones en el Senado por la Ley Bases, un punto en particular ha pasado a primer plano en los últimos días generando un inusitado interés. Se trata del debate en torno al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), una propuesta gubernamental que busca impulsar la toma de decisiones de inversión en proyectos de más de 200 millones de dólares a través de beneficios fiscales vigentes durante 30 años.

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En esencia, el RIGI busca establecer un marco de "seguridad jurídica" que garantice incentivos tributarios y fiscales en diversas industrias para aquellos desembolsos que superen los 200 millones de dólares. Sin embargo, la polémica surge a raíz de la inclusión de un artículo que declara inválidas cualquier norma previa que contradiga los beneficios y exenciones creados por el RIGI.

El artículo 162 de la Ley Bases establece que, a pesar del ejercicio legítimo de las jurisdicciones y competencias locales, cualquier norma o acción nacional que limite, restrinja, vulnere, obstaculice o desnaturalice lo estipulado en la presente ley será declarada nula de nulidad absoluta e irreparable, y la Corte Suprema de Justicia tendrá la facultad de impedir su aplicación de manera inmediata.

En resumen, de ser aprobada la Ley Bases en su forma actual, se otorgaría a la Corte Suprema de Justicia poder para modificar o no aplicar normas válidamente sancionadas con anterioridad.

Esta situación, según constitucionalistas y expertos jurídicos, podría vulnerar las competencias provinciales y atentar contra la división de poderes.

Pero no solo la polémica gira en torno a este punto. El RIGI también contempla beneficios fiscales que aplican a impuestos nacionales y provinciales. El artículo 187 de la ley establece que las importaciones de bienes de consumo y temporales de las empresas adheridas al régimen estarán exentas de derechos de importación, del Impuesto PAÍS, de la tasa estadística (a nivel nacional) y "cualquier régimen de percepción, recaudación, adelanto o retención de impuestos nacionales y/o provinciales". Esto incluye desde tasas municipales hasta el impuesto inmobiliario o el controvertido impuesto sobre los Ingresos Brutos, que son de recaudación provincial.

Además, les permite a los beneficiarios disponer libremente del 20% de las divisas generadas por sus exportaciones al finalizar el primer año, el 40% al segundo año y el 100% a partir del tercer año.

En pocas palabras, el RIGI es un marco legal que permitiría a empresas extranjeras establecerse en nuestro país y explotar los recursos naturales pagando menos impuestos que las pequeñas y medianas empresas locales, las cuales no están incluidas en el RIGI en ningún rubro.

La discusión en torno al RIGI se encuentra en su punto álgido en el ámbito parlamentario, con voces a favor y otras en contra.

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