24/03/2018

Caso De Piano: ¿Cuál será la decisión de los jueces, homicidio culposo o doloso?

El primero prevé una pena de 3 a 6 años y el otro de 8 a 25. La sentencia se conocerá el 9 de abril.

El 9 de abril se conocerá la sentencia.
Foto: Luis Leiva
Foto: Luis Leiva

La defensa de Oscar De Piano sabía desde un principio que desde lo fáctico, no había mucho para defender. Estaba probado que el imputado conducía con una actitud “temeraria”, en estado de ebriedad y a más de 130 kilómetros por hora cuando mató a Claudia Segura en calle Viterbori.

Y es por eso que en sus alegatos, Pablo Iribarren y Oscar Pineda, primero apuntaron a desvirtuar el pedido del abogado querellante,  Marcelo Hertzriken Velasco y del fiscal, Andrés Nelly, a quien en un momento acusaron de intentar volver a la época de la inquisición o incluso al tiempo del nacionalismo de Adolf Hitler.

Fue Pineda quien comenzó a alegar, al explicar el impacto social que había tenido el caso y cómo de una manera u otra (a través de los operadores de la Justicia o incluso los medios de comunicación) se había llegado a imputar a De Piano en una causa que luego fue confirmada por el juez Rubén Norry y la propia Cámara como homicidio con dolo eventual. “No se sostiene”, dijo el letrado quien en ningún momento negó el hecho y expresó que es legítimo el dolor y la angustia que atraviesa la familia de Claudia Segura.

En varios tramos de su exposición, Pineda apuntó a la querella (sin nombrar al abogado) y le reprochó públicamente haber seguido sosteniendo la acusación con esa calificación.

“Actué en las causas de Yacopino y Chechile (fueron casos similares) como querellante pero jamás sostuve el dolo eventual”, dijo el letrado, al aclarar que se puede entender el dolor de los familiares pero no se les puede decir una realidad que no existe jurídicamente.

Incluso comparó este caso con el del barilochense Matías Carabajal Rosciani, quien a exceso de velocidad y alcoholizado atropelló y mató a Celeste Domínguez y Rodrigo Pereira. “Le dieron cuatro años y llegó a juicio en libertad”, se quejó el letrado al evaluar el accionar que tuvieron los funcionarios judiciales en este proceso y aseguró que durante todo este año se “estigmatizó” a De Piano y a su familia.

Luego fue el turno de Iribarren quien entró de lleno en el tema técnico y también coincidió en que no se sostiene (ni en los casos más emblemáticos), el dolo eventual con el que De Piano llegó a juicio.

Uno por uno fue derribando los argumentos de la querella y -en un principio del alegato- señaló al fiscal Andrés Nelly por haber perdido “su objetividad” durante el proceso al sostener de manera “sesgada” esta calificación..

Incluso criticó los alegatos del querellante y el fiscal, al sostener que cuestionaron -a su entender sin argumentos válidos- los testimonios de la defensa y de los peritos.

Iribarren trazó un paralelismo entre el homicidio culposo y el doloso. Y dijo que aquí, en este caso puntual, no hay ninguna posibilidad de que De Piano haya podido planificar la muerte de Claudia Segura.

Y si bien reconoció que tenía actos que lo llevaron a conducir el vehículo y trasladarse a la despensa a comprar cerveza, bajo ningún punto de vista se puede inferir que haya salido de su casa con el ánimo de matar a una persona.

“No existió un plan criminal”, remarcó el abogado quien pidió la pena mínima posible por homicidio culposo (de 3 a 6 años), y en todo caso de ejecución condicional.

Tras su extenso alegato, Iribarren pidió “objetividad” al presidente del tribunal, Daniel Tobares y a los vocales, Emilio Stadler y Alejandro Pellizón.

Pidieron condena efectiva

Ese fue el pedido del abogado querellante Marcelo Hertzriken Velasco y del fiscal, Andrés Nelly, los primeros en exponer en la jornada de ayer que demandó más de dos horas y media. El primero solicitó al tribunal una condena de 10 años y 10 de inhabilitación para conducir y solicitó tener el cuenta el daño causado al esposo de la víctima, a sus tres hijos y al resto de la familia.

Sostuvo que el acusado, en todo momento comprendió al criminalidad de sus actos, y también sabía la acción que estaba llevando adelante. “Es doloso y no culposo”, dijo el abogado, quien estaba sentado -como en todo el proceso- al lado de Claudio Canale quien era el esposo de Claudia Segura.

Los resultados de la autopsia y los daños producidos en distintas partes del cuerpo, fue otro de los puntos que abordó el representante de la familia quien señaló que el resultado habla a las claras que De Piano circulaba a exceso de velocidad y que produjo un daño irreparable.

“Había ubicación en tiempo y espacio”, dijo el abogado al intentar desvirtuar lo que pensaba sería la estrategia de la defensa de De Piano, la inimputabilidad, que finalmente no lo fue.

Marcelo Hertzriken Velasco también fue crítico con alguna de las pericias al momento del hecho.

En resumen, sostuvo que De Piano “actuó con dolo eventual”.

En esa misma línea se mostró el fiscal Nelly. Aseguró que no hubo estado de inconsciencia y al igual que sus colegas. “Comprendió la realidad del hecho y de sus acciones”, sostuvo y agregó que estamos frente a un hecho “doloso y no culposo”.

Entre los tantos argumentos, dijo que De Piano no circulaba a 40 0 50 kilómetros por hora sino que lo hacía a por lo menos 135 kilómetros por hora en un lugar donde transitaba gente que iba a trabajar en moto o bicicleta. Explicó que sabía que algo podía ocurrir (si andaba en ese estado) y efectivamente ocurrió.

Señaló que no existen dudas sobre la responsabilidad del acusado y pidió 8 años y 6 meses de prisión y 10 años de inhabilitación. (ANR)

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