12/03/2018

Abusó su hijastra de 5 años, empezó el juicio y no pueden notificarlo porque “se fue a trabajar al norte”

El juez lo declaró “en rebeldía”. Su defensora oficial Flavia Rojas dijo que el sujeto “se comunicó con la Defensoría”.

Abusó su hijastra de 5 años, empezó el juicio y no pueden notificarlo porque “se fue a trabajar al norte”

La justicia le imputa a un sujeto hechos aberrantes: Aseguran que ocurrieron en la casa de la víctima, desde que la pequeña tenía 5 hasta los 7 años. Cuando su ex-pareja no estaba (y sus hermanitas dormían)  el hombre abusó sexualmente (sin acceso carnal) de la nena. “Esto ocurrió en reiteradas oportunidades, durante el día o en horas de la noche y siempre en momentos en que la progenitora de la nena no se encontraba en el hogar” afirmaron desde la fiscalía.

La acusación es por los delitos de “abuso sexual gravemente ultrajante, reiterado en más de una oportunidad, agravado por ser el autor ascendente y contra una menor de 18 años, aprovechando la convivencia preexistente”.

Pero ahora, con el juicio ya en marcha, el sujeto no está en el domicilio que había fijado para las notificaciones.

Es por eso que hoy (19/03) la fiscal jefe Graciela Echegaray junto a la adjunta Ana Hernando pidieron la declaración de rebeldía.

“El imputado no se encuentra en el domicilio que había fijado en el legajo para recibir las notificaciones acerca de este juicio que se lleva adelante en su contra, no podemos iniciar el juicio sin su presencia”, explicó Echegaray frente a la defensora oficial Flavia Rojas y el juez Maximiliano Camarda.

Su defensora Rojas dijo que “se da aquí una situación atípica con condimentos claros que hay que evaluar. Mi asistido se comunicó con la Defensoría porque sus familiares le avisaron que estaba siendo notificado, y él se encuentra por razones de trabajo en el norte del país”.

Por su parte el Juez Maximiliano Camarda dijo que “le asiste razón a la fiscalía, ya que si el imputado fija un domicilio en las audiencias es para recibir las notificaciones de la causa. Si cambia esa dirección, si se ausenta por un largo tiempo, debe con aviso previo notificarlo. Como no lo hizo es por ello que se declara la rebeldía en los términos del Artículo 43 y se ordena su detención”.(ANR)

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