17/10/2017

La reconoció como su hija, abusó sexualmente de ella y ahora le confirmaron la condena

Abusó de la niña durante 14 años. El hombre había sido condenado por la ex Cámara Segunda del Crimen.

Lucho
La reconoció como su hija, abusó sexualmente de ella y ahora le confirmaron la condena

El Superior Tribunal de Justicia confirmó la condena de 16 años de prisión que la ex Cámara Criminal Segunda había impuesto a un hombre de Roca, quien abusó sexualmente y de manera reiterada de la niña a la que había reconocido legalmente como su hija. Al declarar mal concedido el recurso de casación, el STJ, con voto rector de la jueza Liliana Piccinini y adhesión de sus pares Sergio Barotto y Enrique Mansilla, descartó cada uno de los agravios planteados por los defensores particulares del imputado.

La sentencia confirmada declaró reincidente al imputado y lo condenó como autor de los delitos de promoción de la corrupción de menores y abuso sexual gravemente ultrajante reiterado en un número indeterminado de oportunidades, en concurso ideal, agravados por ser conviviente, encargado de la educación y guarda y por ser la víctima menor de edad; en concurso real con abuso sexual con acceso carnal, también reiterado y con idénticas agravantes, todo en concurso real con amenazas y coacción, ambas agravadas por el uso de armas.

De acuerdo con la sentencia, los hechos comenzaron en el año 2002, cuando la víctima tenía 6 años de edad, y continuaron hasta principios de 2016 en todos los domicilios en los que se fue radicando la familia en el ejido de Roca. En el parte de prensa emitido por el Superior Tribunal de Justicia no se consigna el nombre del condenado.

Indica el fallo que "los sometimientos eran reiterados y constantes, a tal punto que llegaron a ser considerados por la víctima como normales". El último de los hechos ocurrió en abril de 2016, cuando ante la negativa de la joven el imputado la intimidó con un cuchillo. Al momento de radicar la denuncia, la víctima ya era mayor de edad y había iniciado su carrera de formación profesional. Fue en ese ámbito que reveló lo vivido a compañeras y autoridades de la institución.

Entre sus principales agravios la defensa cuestionó que el fallo "gira" en derredor del relato que efectuó la joven, negando que el mismo se encuentre convalidado por otros indicios o prueba independiente y enfatizando que en todo momento el acusado negó los abusos. Los defensores también alegaron la prescripción de los delitos imputados y la "arbitrariedad" del fallo condenatorio, por lo que solicitaron que el mismo sea revocado.

En el voto rector del STJ se descartó el agravio de la prescripción por considerar que la comisión del delito cesó en 2016, por lo que recién entonces debe comenzar el cómputo del plazo prescriptivo.

En cuanto a los demás agravios, el Superior Tribunal señaló que son "una simple reedición de lo expresado en el debate oral", cuestionamientos que fueron rechazados oportunamente de manera fundada por la Cámara roquense. La defensa "no demuestra vicios de motivación, sino que solamente expresa su discrepancia subjetiva con la valoración realizada, lo que resulta insuficiente para sostener que se ha incurrido en una arbitraria ponderación de la prueba", concluyó el STJ. (Poder Judicial-ANR)

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