16/08/2017

Llevaban 40 kilos de marihuana y los condenaron a 2 y 4 años de prisión

Se realizó un juicio abreviado donde los dos hombres, de origen paraguayo, reconocieron el tráfico de la droga por la Ruta Provincial 6.

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Llevaban 40 kilos de marihuana y los condenaron a 2 y 4 años de prisión

La Cámara Federal de Roca le impuso penas de 4 y 2 años, a dos hombres que el año pasado fueron detenidos transportando más de 40 kilos de marihuana en un colectivo de larga distancia. El hallazgo se produjo en la Ruta Provincial 6, en medio de un operativo de la policía rionegrina.

El tribunal, que preside el juez Armando Márquez, le impuso una pena de 4 años y 6 meses a Ramón de la Cruz Román Fernández y como autor del delito de transporte de estupefacientes. Y 2 años y 6 meses de prisión en suspenso a Derlis Gustavo Cristaldo Molina por el mismo delito.

El Tribunal homologó el acuerdo alcanzado en un juicio abreviado que se hizo días atrás donde los imputados admitieron su responsabilidad en el hecho que se les atribuía y aceptaron el la pena que propuso la fiscal federal Mónica Belenger por el delito cometido. Los condenados fueron asistidos por el defensor oficial Fernando Ovalle.

A los hombres se les atribuyó haber transportado 40,527 kilogramos de marihuana –conforme pesaje y test de campo- en dos valijas y una mochila. La mochila aludida fue hallada en la gaveta del sector superior y las valijas en la baulera de un colectivo de larga distancia, que el 24 dede agosto circulaba por la Ruta 6, según la información difundida por el portal de FM La Súper.

El material estupefaciente se encontraba distribuido en cuarenta y tres panes, en las dos valijas habían catorce y diecinueve panes respectivamente y en la mochila se incautaron otros diez.

La fiscal consideró que hubo un grado de responsabilidad e intervención en el hecho distinta de cada uno de los acusados.

Se probó el delito

"Detalló que se probó el delito de transporte de Román Fernández, sin perjuicio de ello y con respecto a Cristaldo Molina, entendió que hubo una colaboración no necesaria El juez señaló en la sentencia las pruebas que se incorporaron en el expediente como testimonios de testigos, el test que confirmó que se trataba de marihuana, el informe pericial del Gabinete de Criminalística de General Roca sobre los teléfonos celulares secuestrados y estudios que se hicieron sobre los estupefacientes secuestrados", indicó la sentencia publicada por ese medio.

Los imputados habían subido juntos al colectivo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en Liniers, ocupando las butacas 14 y 15, con destino final a Villa La Angostura de Neuquén, indicó la sentencia.

“Como ya lo viene sosteniendo este tribunal ante casos similares, el traslado de la droga de un punto a otro de nuestro país constituye el delito de transporte de estupefacientes, el que se encuentra consumado por la propia acción del sujeto activo, resultando indiferente a tal fin que la misma sea interrumpida por terceros”, señaló el juez en el fallo.

“La figura requiere que el sujeto activo haya intervenido en el traslado del material interdicto de un lugar a otro, sin que sea necesaria una determinada latitud de trayecto, modalidades muy complejas de traslado o que se haya arribado con la droga al destino final o parcial”, añadió. (ANR)

 

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