12/04/2017

Confirman condena por abuso sexual contra una menor de 9 años

Los hechos son agravados por ser persona conviviente y por el uso de armas para reducir a la víctima.

Cecilia
Doce años de prisión para el abusador
Foto: ilustración
Foto: ilustración

El Superior Tribunal de Justicia confirmó la condena de 12 años de prisión contra un hombre que abusó sexualmente, de manera reiterada, de una menor de edad.

En julio de 2016 la Cámara Criminal Tercera de Roca lo había declarado "autor de los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por el uso de armas (4 hechos), abuso sexual con acceso carnal agravado por el uso de armas en grado de tentativa (1 hecho); abuso sexual con acceso carnal (1 hecho), abuso sexual simple (1 hecho) y corrupción de menores agravada por el uso de violencia y amenazas, todo en concurso real", y en instancia de casación el STJ rechazó el recurso interpuesto por la defensa, ratificando "en todas sus partes" el fallo dictado por el Tribunal, según informó el área de Comunicación del Poder Judicial.

Los hechos investigados ocurrieron en Roca a partir del año 2006, desde que la niña contaba con 9 años de edad y hasta que cumplió los 12. El delito es agravado por ser persona conviviente. El imputado era pareja de una tía de la niña y todos los episodios ocurrieron bajo amenazas de muerte, con utilización de un cuchillo, o bajo la amenaza de abusar sexualmente de otra niña de la familia con quien la víctima tenía un especial vínculo.

Al voto rector del juez Sergio Barotto adhirieron sus pares Adriana Zaratiegui y Enrique Mansilla, coincidiendo en que la Cámara de juicio desarrolló correctamente "los fundamentos que demuestran la credibilidad y la corroboración del relato de la víctima".

El principal argumento de la defensa, a cargo del abogado particular Jorge Crespo, fue que la condena se basó en un "testigo único" (la víctima). Afirmó que ese relato no estuvo "apoyado por otros elementos probatorios del hecho que arrojen una ecuación perfecta", por lo que solicitó que sea revocada la sentencia condenatoria y que se absuelva al imputado.

Sin embargo, el STJ valoró que la condena "fundamentó la existencia del hecho y la autoría del imputado sobre la base del testimonio de la víctima, el que consideró corroborado por la restante prueba incorporada al debate", entre la que enumeró la denuncia penal que realizó la madre, los informes psicológicos practicados, el informe de la Oficina de Atención a la Víctima y los testimonios de la madre, una hermana y una tía de la menor de edad. (Dirección de Comunicación Judicial - ANR)

 

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