13/02/2017

Juzgan al policía y exjefe del Gabinete de Criminalística de Roca

Está acusado por presuntas "negociaciones incompatibles" e “incumplimiento de deberes de funcionario público”.

Florencia Bark
Ya está en marcha el juicio al subcomisario Claudio Rodríguez Gilabert
Foto: Gentileza
Foto: Gentileza

El juicio oral y público en el que se investiga al subcomisario Claudio Rodríguez Gilabert, exjefe de la Delegación Roca del Gabinete de Criminalística, comenzó ayer (lunes 13-2).

El policía está imputado por la comisión de los supuestos delitos de "incumplimiento de deberes de funcionario público en concurso ideal con negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública" desde el año 2012 hasta que terminó su cargo en el área.

De acuerdo con la requisitoria fiscal de elevación a juicio, Rodríguez Gilabert "reveló hechos y actuaciones reservados", como actas accidentológicas e información referida a siniestros viales, a un perito particular, haciendo uso de informes y constataciones "abonados por la administración pública", en "beneficio propio o de un tercero".

En el inicio de la audiencia, el imputado optó por abstenerse de brindar declaración indagatoria. Declararon cuatro de los cinco testigos citados para la audiencia, todos efectivos policiales de distintos agrupamientos y jerarquías que prestan o prestaron servicios en el área de Criminalística.

El debate se desarrolló ante la Cámara Criminal Primera, integrada por los jueces Daniel Tobares, Emilio Stadler y Oscar Gatti (subrogante).

La acusación está a cargo del Fiscal de Cámara Andrés José Nelli. La defensa del imputado, es ejercida por los abogados particulares Patricia Espeche y Marcial Peralta.
Las demás audiencias están previstas para los días jueves 16 y jueves 23 de febrero.

Delitos y penas

La Fiscalía encuadró los hechos en los delitos previstos en los artículos 249 y 265 del Código Penal.

El primero reprime multa e inhabilitación especial de un mes a un año al "funcionario público que ilegalmente omitiere, rehusare hacer o retardare algún acto de su oficio".

El segundo establece penas de prisión "de 1 a 6 años e inhabilitación especial perpetua" al "funcionario público que, directamente, por persona interpuesta o por acto simulado, se interesare en miras de un beneficio propio o de un tercero, en cualquier contrato u operación en que intervenga en razón de su cargo". (ANR)

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