27/07/2016

Dudó de su paternidad, el ADN le dio positivo y ahora tiene que pagar $120.000

Ocurrió tras el divorcio de una pareja. El hombre, rompió el vínculo con sus hijas y hasta dudó que era el papá. Ahora deberá indemnizar a sus hijas y exesposa.

Dudó de su paternidad, el ADN le dio positivo y ahora tiene que pagar $120.000

Un hombre que se separó de su esposa antes de 2011 fue condenado por la Justicia y deberá pagar 120.000 pesos por haber puesto en duda la paternidad de sus dos hijos. Tras los exámenes correspondientes, se confirmó que era el papá y ahora deberá indeminzar a su famlia por el daño moral.

En las últimas horas, la Cámara de Apelaciones en lo Civil de Roca declaró "desierto" el recurso de apelación del demandado y confirmó la sentencia de primera instancia que condenaba al hombre a indemnizar por "daño moral" a los dos hijos cuya filiación había puesto en duda judicialmente. Aquel fallo, además, disponía sumar al monto indemnizatorio los intereses computados desde octubre de 2011, cuando se interpuso la demanda, hasta el efectivo pago de la indemnización, según se informó desde el área de Comunicación del Poder Judicial.

El proceso tramitó ante el Juzgado de Familia Villa Regina, cuya titular hizo lugar, en febrero pasado, a la demanda de filiación y además condenó al hombre "al pago de una indemnización en concepto de daño moral de $ 60.000 para cada uno de los dos menores cuya paternidad (...) fuera corroborada mediante el estudio de histocompatibilidad" correspondiente.

El demandado apeló aquella resolución por considerar "excesivo" el monto de la indemnización y la Cámara roquense intervino, confirmando finalmente el fallo de primera instancia.

Surge de la resolución de Cámara que el demandado alegó en su defensa "que la indemnización no puede constituirse en una fuente de enriquecimiento", que tuvo "fuertes y verdaderos motivos para dudar de la paternidad" y que "ofreció someterse a prueba genética desde un principio, partiendo la negativa de la madre de los chicos", interrumpiendo en consecuencia el "trato y afecto" que había iniciado con ellos.

En la primera sentencia, cabe señalar, se tuvo por acreditado "que el demandado inicialmente se comportó como padre, pero luego cortó la relación con la madre y, con ello, con los menores -particularmente la niña que sufrió tanto la ruptura, como la falta de explicaciones para la misma-". En tanto que desde la Cámara se destacó que son frecuentes en los Tribunales provinciales las sentencias que reconocen ese derecho indemnizatorio por daño moral a los hijos que han visto negada u obstaculizada su filiación. (ANR)

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